Gobierno de Pedro Sánchez · Tercer trimestre de 2020 (julio-septiembre)
Administración pública e instituciones
Organización del Estado y de las comunidades, empleo público, contratación pública y reglas de funcionamiento de las instituciones.
8 medidas · 135 documentos · Gobierno formado por Partido Socialista Obrero Español y Unidas Podemos
En resumen
En el tercer trimestre de 2020 el Gobierno reguló el trabajo a distancia, también en las Administraciones Públicas, y aprobó medidas para la Justicia y las notificaciones electrónicas con la Seguridad Social. Además, dio apoyo financiero a ayuntamientos y comunidades autónomas y repartió fondos para educación y servicios sociales.
Panorama redactado automáticamente a partir de los resúmenes de las normas. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
En cifras · Tercer trimestre de 2020 (julio-septiembre)
Aún no hay cifras oficiales para este tema.
Principales medidas
desde el 23 de septiembre de 2020
Regulación del trabajo a distancia
1 documentoBOE-A-2020-11043El Real Decreto-ley 28/2020 regula el trabajo a distancia y el teletrabajo. El acuerdo debe ser voluntario y por escrito, y quien trabaja a distancia tiene derecho a formación, equipos, compensación de gastos, horario flexible y desconexión digital.
desde el 30 de septiembre de 2020
Teletrabajo en las Administraciones Públicas y refuerzo sanitario
1 documentoBOE-A-2020-11415Regula el teletrabajo como forma de trabajo a distancia para las empleadas y empleados públicos. Además, permite a las comunidades autónomas contratar personal sanitario de forma excepcional para reforzar el Sistema Nacional de Salud durante la COVID-19.
desde el 19 de septiembre de 2020
Medidas para la Justicia tras el COVID-19
1 documentoBOE-A-2020-10923La Ley 3/2020 fija medidas procesales y organizativas para la Administración de Justicia después del estado de alarma. Cambia la tramitación de procedimientos judiciales y concursales y permite actos procesales por vía telemática.
desde el 29 de septiembre de 2020
Notificaciones electrónicas con la Seguridad Social
1 documentoBOE-A-2020-11359Regula cómo la Administración de la Seguridad Social envía notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos. Las personas jurídicas y quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria deberán relacionarse así con la Seguridad Social; las personas físicas no obligadas podrán elegir el medio.
desde el 5 de agosto de 2020
Medidas financieras para ayuntamientos por la COVID-19
1 documentoBOE-A-2020-9131Permite a los ayuntamientos usar el superávit de 2019 para inversiones sostenibles y les da apoyo financiero. Habilita 300 millones de euros para gastos de inversión en servicios sociales y regula el endeudamiento local. El superávit local de 2019 fue de 3.839 millones de euros, un 0,31 % del PIB.
desde el 2 de septiembre de 2020
Reparto del Fondo COVID-19 para educación
1 documentoBOE-A-2020-10124La Orden HAC/809/2020 fija el reparto definitivo de 2.000 millones de euros del tramo 3 del Fondo COVID-19 entre comunidades autónomas y Ceuta y Melilla. El dinero se distribuye según criterios de gasto educativo y se paga antes de finales de septiembre de 2020.
desde el 5 de agosto de 2020
Límites de coste de financiación para comunidades y ayuntamientos
2 documentosBOE-A-2020-9140BOE-A-2020-10255Actualiza los tipos de interés y diferenciales máximos que fijan el coste de financiación del Estado. Las comunidades autónomas y los ayuntamientos deben usar estos límites al pedir préstamos; con tipos negativos en plazos cortos, algunos préstamos pueden firmarse al 0 %. La actualización se repite en agosto y septiembre.
desde el 13 de agosto de 2020
Ayudas sociales a comunidades autónomas
1 documentoBOE-A-2020-9656La Orden DSA/789/2020 reparte 100 millones de euros entre comunidades autónomas y Ceuta y Melilla para planes y programas sociales en 2020. Incluye 45 millones para protección a la familia y atención a la pobreza infantil.
Panorama generado automáticamente a partir de los resúmenes de las normas y medidas generales publicadas en el BOE. La atribución es por órgano emisor, no por voto parlamentario; no incluye actos individuales (nombramientos, subvenciones a una entidad…).