Real Decreto 690/2020, de 21 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público en la Policía Nacional para el año 2020.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública · 1 de agosto de 2020
En pocas palabras
Aprueba la oferta de empleo público de la Policía Nacional para 2020. Fija cuántas plazas se ofertan y cómo se reparten entre la Escala Básica y la Escala Ejecutiva, e incluye plazas reservadas y de promoción interna.
Qué cambia
Determina cuántas personas podrán presentarse a las pruebas de acceso a la Policía Nacional en 2020 y con qué plazas, tanto de nuevo ingreso como por promoción interna.
- A quién afecta
- personas que quieren ingresar en la Policía Nacional · agentes de la Policía Nacional que optan a promoción interna · personas con discapacidad que optan a plazas reservadas · opositores a la Escala Básica · opositores a la Escala Ejecutiva
- Administración pública e instituciones
- Seguridad y emergencias
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución, y en el artículo 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, han sido prorrogados de forma automática.
El artículo 19.tres de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, indica que compete al Gobierno, a iniciativa de los Departamentos u organismos competentes y a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, la aprobación de la oferta de empleo público que corresponda a la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos estatales.
Este real decreto, por tanto, tiene como finalidad dar cumplimiento a lo indicado y establecer los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración General del Estado.
De acuerdo con lo todo anterior, se cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de aplicación supletoria en la Policía Nacional, la presente oferta de empleo público recoge las previsiones de incorporación de los nuevos recursos humanos necesarios en el ámbito de la Policía Nacional para garantizar la correcta prestación de las funciones que tiene encomendadas este cuerpo, en función de las prioridades detectadas y de las disponibilidades presupuestarias existentes.
En dicho precepto se establece que su aprobación se realizará anualmente, cubriendo la necesidad de incorporación de personal de nuevo ingreso con una cadencia temporal con periodicidad anual para asegurar el normal funcionamiento de la Administración.
Por otro lado, la programación de la estructura y duración del período de formación previo al acceso a las Escala Ejecutiva y Escala Básica de la Policía Nacional, determinan que la aprobación de la oferta de las correspondientes plazas deba hacerse con la máxima urgencia, ya que la no aprobación inmediata de la misma conllevaría un retraso en los procesos selectivos con el consiguiente retraso del cumplimiento del período formativo y de su incorporación efectiva en la Policía Nacional, impidiendo el adecuado mantenimiento de los medios personales indispensable para la adecuada prestación de servicios esenciales. Este carácter de servicio público esencial junto a las singularidades de su despliegue territorial y la necesidad de continuar dando una respuesta adecuada a los retos que plantea la seguridad pública, provoca que resulte perentorio aprobar sin demora la presente oferta de empleo público.