Orden HAC/809/2020, de 1 de septiembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
Ministerio de Hacienda · 2 de septiembre de 2020
En pocas palabras
Fija el reparto definitivo de 2.000 millones de euros del tramo 3 del Fondo COVID-19 entre las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla. Este tramo se distribuye según criterios ligados al gasto en educación. El pago se hará antes de que acabe septiembre de 2020.
Qué cambia
Cada comunidad autónoma y las ciudades de Ceuta y Melilla reciben una cantidad concreta para afrontar gastos educativos derivados de la crisis del COVID-19. El dinero se libra tras la publicación de la orden.
- A quién afecta
- comunidades autónomas · ciudades de Ceuta y Melilla · centros educativos · alumnado
- Cifras
- importe total del tramo 3: 2.000.000.000 de euros
- Andalucía: 383.856,98 miles de euros
- Cataluña: 337.438,19 miles de euros
- Madrid: 291.696,57 miles de euros
- Ceuta y Melilla: 7.000 miles de euros cada una
- Educación y universidades
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La presente orden tiene como objeto determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 3, previsto en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
El Fondo COVID-19 se configura como un fondo excepcional de carácter presupuestario, cuyo objeto es dotar de mayor financiación, mediante transferencias, a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19.
Con este fin, se dota un crédito extraordinario en la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19», cuya distribución territorial se articula de acuerdo a los tramos y criterios de distribución recogidos en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.
El importe del tramo 3, de 2.000.000.000 de euros, se repartirá sobre la base de los criterios establecidos en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, fundamentalmente asociados al gasto en Educación.
Por lo que se refiere a la habilitación normativa para determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 3, el apartado 3 del artículo 3 del mencionado real decreto-ley atribuye esta potestad a la persona titular del Ministerio de Hacienda.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.
1. Conforme al apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por la presente orden se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 3, previsto en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho apartado.
2. Los cálculos efectuados por aplicación de los criterios previstos en el real decreto-ley respecto al tramo 3, sobre la base de los datos que figuran en el anexo, implican la siguiente distribución territorial de recursos con cargo a la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19»:
Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla | Importes (miles de euros) Cataluña. | 337.438,19 Galicia. | 92.987,53 Andalucía. | 383.856,98 Principado de Asturias. | 32.529,93 Cantabria. | 22.141,31 La Rioja. | 13.204,99 Región de Murcia. | 73.820,12 Comunitat Valenciana. | 214.185,03 Aragón. | 53.448,02 Castilla-La Mancha. | 89.185,60 Canarias. | 87.368,30 Extremadura. | 43.295,39 Illes Balears. | 50.280,26 Madrid. | 291.696,57 Castilla y León. | 84.043,55 País Vasco. | 87.230,70 Navarra. | 29.287,53 Melilla. | 7.000,00 Ceuta. | 7.000,00 Total. | 2.000.000,00