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Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Acuerdo Internacional · 10/03/2026 · Atribución por órgano emisor: Órgano emisor · Partido Socialista Obrero Español
Incluye dos productos químicos en el anexo III del Convenio de Rotterdam: el carbosulfán, como plaguicida, y el fentión en formulaciones de ultra bajo volumen de 640 g/l o más, como formulación plaguicida extremadamente peligrosa. Con ello quedan sujetos al procedimiento de consentimiento fundamentado previo en el comercio internacional.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Acuerdo Internacional · 01/06/2024 · Atribución por órgano emisor: Órgano emisor · Partido Socialista Obrero Español
Incluye el terbufós, un plaguicida, en el anexo III del Convenio de Rotterdam. Este anexo recoge productos químicos peligrosos sujetos al procedimiento de consentimiento fundamentado previo en el comercio internacional. La enmienda entró en vigor para España el 22 de octubre de 2023.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Acuerdo Internacional · 24/02/2024 · Atribución por órgano emisor: Órgano emisor · Partido Socialista Obrero Español
Modifica el anexo A del Convenio de Estocolmo para incluir el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y compuestos conexos en la lista de contaminantes orgánicos persistentes que se eliminan. No se admiten exenciones para su producción ni su uso.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Acuerdo Internacional · 09/06/2023 · Atribución por órgano emisor: Órgano emisor · Partido Socialista Obrero Español
Incluye dos productos químicos industriales en el anexo III del Convenio de Róterdam: el éter de decabromodifenilo y el ácido perfluorooctanoico (PFOA), sus sales y compuestos conexos. Con ello quedan sujetos al procedimiento de consentimiento fundamentado previo para su comercio internacional.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Acuerdo Internacional · 12/04/2021 · Sin atribución a partidos
Incluye el hexabromociclododecano y el forato en el anexo III del Convenio de Róterdam, que regula el comercio internacional de productos químicos peligrosos. También adopta un anexo VII con un comité que vigila el cumplimiento del Convenio.