Recurso de inconstitucionalidad n.º 5465-2026, en relación con la Ley 1/2026, de 15 de abril, por la que se habilita a la Comunidad de Madrid para el ejercicio de la acción popular en determinados ámbitos.
Tribunal Constitucional · 21 de septiembre de 2026
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad del Presidente del Gobierno contra la Ley 1/2026, de la Comunidad de Madrid, que la habilita para ejercer la acción popular en determinados ámbitos. Al invocarse el artículo 161.2 de la Constitución, la ley queda suspendida.
Qué cambia
La ley impugnada deja de aplicarse desde el 16 de julio de 2026 para las partes del proceso y desde la publicación del edicto en el BOE para los demás. La Comunidad de Madrid no puede usar esa habilitación mientras dure la suspensión.
- A quién afecta
- Comunidad de Madrid · Presidente del Gobierno · Tribunal Constitucional · personas o entidades que ejercen la acción popular
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad número 5465-2026
- fecha de interposición del recurso: 16/07/2026
- providencia de admisión: 8 de septiembre de 2026
- publicación en el BOE: 21 de septiembre de 2026
- Justicia
- Administración pública e instituciones
- Derechos y libertades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de septiembre de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5465-2026, promovido por el Presidente del Gobierno, en relación con la Ley 1/2026, de 15 de abril, por la que se habilita a la Comunidad de Madrid para el ejercicio de la acción popular en determinados ámbitos. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la ley impugnada desde la fecha de interposición del recurso –16/07/2026–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 8 de septiembre de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.