Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
Ministerio de Justicia · 30 de mayo de 2023
En pocas palabras
Actualiza los modelos oficiales para presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Incluye el porcentaje de mujeres en el órgano de administración y permite informar de forma voluntaria sobre emisiones de CO2, consumo de agua y electricidad. También corrige y ajusta hojas de los modelos anteriores.
Qué cambia
Las empresas que presentan sus cuentas anuales en el Registro Mercantil deberán usar los nuevos modelos. Añaden datos sobre mujeres en los órganos de dirección y pueden incluir indicadores medioambientales de forma voluntaria.
- A quién afecta
- empresas obligadas a publicar cuentas anuales · pequeñas y medianas empresas (Pyme) · sociedades cotizadas · administradores de sociedades · personas con participación o derechos de voto en empresas
- Cifras
- 5 indicadores medioambientales voluntarios: emisiones de CO2 en sus tres alcances, consumo de agua y consumo de electricidad
- obligación de información sobre sostenibilidad para algunas empresas a partir de 2025
- Economía, empresas y consumo
- Administración pública e instituciones
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La disposición adicional primera de la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, habilitó al Ministerio de Justicia para aprobar los modelos de presentación de cuentas anuales en el Registro Mercantil. En uso de dicha habilitación, la Orden JUS/616/2022, de 30 de junio, aprobó los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. Su disposición final primera faculta a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública para aprobar aquellas modificaciones que exijan los modelos, como consecuencia de reformas puntuales de la normativa contable, lo que incluye los diferentes anexos de estos de estos (cuadros normalizados y no normalizados de su anexo I, modelo en soporte electrónico de su anexo II, y test de errores del anexo III) y las subsanaciones necesarias puestas de manifiesto con el uso de los modelos.
En estos nuevos modelos se incluyen, en la hoja de datos generales de identificación, el porcentaje de mujeres en el Órgano de Administración, así como los indicadores de sostenibilidad de reporte voluntario en la hoja de información medioambiental.
El resto de cambios no son consecuencia de normas contables sino que corrigen cuestiones pendientes que no se pudieron incorporar a tiempo en la Orden JUS/616/2022, de 30 de junio.
Así, las novedades que se incluyen en los nuevos modelos, en relación con los anteriores aprobados por la citada Orden JUS/616/2022, de 30 de junio, según apartado afectado y tipo de modelo, son las siguientes:
A.1 Cambios que afectan a todos los Modelos.
A.1.1 Cambios en la hoja de identificación.
Para todos los modelos individuales, normal, abreviado y Pyme se elimina la hoja Covid.
Esta hoja se introdujo en 2020 y 2021 para ayudar a las autoridades a conocer los efectos de la pandemia y poder implementar, en base a ellas, medidas de política económica.
Tal y como se ha indicado con anterioridad, se ha incluido el porcentaje de mujeres en el Órgano de Administración.
A.1.2 Cambios en la hoja de titularidad real.
Para todos los modelos individuales, normal, abreviado y Pyme se modifica la hoja de titularidad real en aplicación de la Directiva (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifican las Directivas 2009/138/CE y 2013/36/UE, que establece un Registro Central de Titularidades reales que será regulado mediante Reglamento, una vez entre en vigor.