Instrumento de Ratificación del Acuerdo para la terminación de los tratados bilaterales de inversión entre los Estados miembros de la Unión Europea, hecho en Bruselas el 5 de mayo de 2020.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 21 de septiembre de 2021
En pocas palabras
España ratifica el Acuerdo de la Unión Europea para terminar los tratados bilaterales de inversión entre sus Estados miembros. El Acuerdo entró en vigor general el 29 de agosto de 2020 y para España el 10 de octubre de 2021.
Qué cambia
Los inversores de un Estado miembro dejan de poder usar el arbitraje internacional previsto en esos tratados bilaterales para defender sus inversiones frente a otro Estado miembro.
- A quién afecta
- inversores de Estados miembros de la Unión Europea · empresas con inversiones en otros países de la Unión Europea · Estados miembros de la Unión Europea
- Cifras
- firma del Acuerdo: 5 de mayo de 2020 en Bruselas
- entrada en vigor general: 29 de agosto de 2020
- entrada en vigor para España: 10 de octubre de 2021
- aplicación provisional por España: desde el 4 de agosto de 2020
- contenido del Acuerdo: 18 artículos y 4 anexos
- Política exterior y Unión Europea
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
El 5 de mayo de 2020, el Plenipotenciario de España firmó ad referendum en Bruselas el Acuerdo para la terminación de los tratados bilaterales de inversión entre los Estados miembros de la Unión Europea, hecho en esa misma ciudad y fecha.
Vistos y examinados el preámbulo, los dieciocho artículos y los cuatro anexos del citado Acuerdo,
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,
MANIFIESTO el consentimiento de España en obligarse por este Acuerdo y EXPIDO el presente instrumento de ratificación firmado por Mí y refrendado por la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Dado en Madrid, a ocho de julio de dos mil veintiuno.
FELIPE R.
La Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,
MARÍA ARÁNZAZU GONZÁLEZ LAYA
El Acuerdo para la terminación de los tratados bilaterales de inversión entre los Estados miembros de la Unión Europea, hecho en Bruselas el 5 de mayo de 2020, entró en vigor con carácter general el 29 de agosto de 2020 y para España entrará en vigor el 10 de octubre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del mismo.
Con ello finaliza la aplicación provisional por España de este Acuerdo, iniciada el 4 de agosto de 2020 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 259, de 30 de septiembre de 2020.
ESTADOS PARTE
Estados | Firma | Manifestación del consentimiento | Entrada en vigor | Aplicación provisional Alemania. | 05/05/2020 | 10/05/2021 R | 09/06/2021 Bulgaria. | 05/05/2020 | 13/11/2020 R | 13/12/2020 Chipre. | 05/05/2020 | 07/10/2020 R | 06/11/2020 Croacia. | 05/05/2020 | 25/09/2020 R | 25/10/2020 Dinamarca. | 05/05/2020 | 06/05/2020 R | 29/08/2020 Eslovaquia. | 05/05/2020 | 14/10/2020 R | 13/11/2020 | 08/06/2020 Eslovenia. | 05/05/2020 | 08/02/2021 R | 10/03/2021 España. | 05/05/2020 | 10/09/2021 R | 10/10/2021 | 04/08/2020 Estonia. | 05/05/2020 | 18/01/2021 R | 17/02/2021 Francia. | 05/05/2020 | 29/07/2021 R | 28/08/2021 Hungría. | 05/05/2020 | 30/07/2020 R | 29/08/2020 Letonia. | 05/05/2020 | 29/01/2021 R | 28/02/2021 Lituania*. | 05/05/2020 | 05/08/2021 R | 04/09/2021 Malta. | 05/05/2020 | 29/10/2020 R | 28/11/2020 Países Bajos*. | 05/05/2020 | 01/03/2021 R | 31/03/2021 Polonia. | 05/05/2020 | 05/03/2021 R | 04/04/2021
R: ratificación.
*: formula declaraciones.
DECLARACIONES