Recurso de inconstitucionalidad n.º 1975-2021, en relación con el apartado 5 del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 8/2021, de 25 de febrero, de modificación de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, en cuanto da nueva redacción al artículo 38.2 de la ley modificada.
Tribunal Constitucional · 29 de julio de 2021
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional mantiene suspendido un punto concreto del artículo 38.2 de la Ley de salud de Galicia, en la redacción dada por la Ley 8/2021, y levanta la suspensión del resto de ese artículo. La suspensión inicial se había publicado en el BOE el 29 de abril de 2021.
Qué cambia
Mientras dure la suspensión, el punto 5.º del artículo 38.2.b) no se aplica; el resto del artículo 38.2 vuelve a aplicarse. Afecta a la aplicación en Galicia de ese precepto de la ley de salud.
- A quién afecta
- Administración sanitaria de Galicia · Usuarios del sistema sanitario gallego · Servicios sanitarios públicos de Galicia
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad n.º 1975-2021
- auto de 20 de julio de 2021
- publicación de la suspensión inicial: BOE núm. 102, de 29 de abril de 2021
- Sanidad y salud pública
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 20 de julio de 2021, dictado en el recurso de inconstitucionalidad número 1975-2021, promovido por el abogado del Estado, en representación del presidente del Gobierno, ha acordado mantener la suspensión de lo dispuesto en el núm. 5.° del artículo 38.2.b) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, en la redacción dada por el apartado cinco del artículo único de la Ley 8/2021, de 25 de febrero, y levantar la suspensión que afecta al resto de lo dispuesto en el artículo 38.2 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, en la redacción dada por el apartado cinco del artículo único de la Ley 8/2021, de 25 de febrero; suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 102, de 29 de abril de 2021.
Madrid, 20 de julio de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.