Resolución de 30 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 25 de junio de 2020, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades, por la que, a consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se establecen nuevas adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020.
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · 2 de julio de 2020
En pocas palabras
Adapta las fechas de las pruebas de acceso a la Universidad del curso 2019-2020 para el alumnado de centros españoles en el exterior, programas internacionales, sistemas educativos extranjeros, personas adultas y enseñanzas a distancia, por la crisis del COVID-19.
Qué cambia
Permite retrasar la realización de las pruebas en países donde sigan vigentes medidas sanitarias, sin superar el 31 de julio, y ajusta los plazos de preinscripción, admisión y matrícula en la universidad.
- A quién afecta
- alumnado de centros españoles en el exterior · alumnado de programas educativos en el exterior · alumnado de programas internacionales · alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros · alumnado de enseñanzas a distancia y personas adultas
- Cifras
- fecha límite para realizar las pruebas: no posterior al 31 de julio
- Educación y universidades
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Texto
El Secretario de Estado de Educación y el Secretario General de Universidades han suscrito, con fecha 25 de junio de 2020, una Resolución conjunta por la que, a consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se establecen nuevas adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020.
Para general conocimiento, dispongo su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 30 de junio de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.
ANEXO
Resolución de 25 de junio de 2020, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades, por la que, a consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se establecen nuevas adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020
La situación generada por la evolución del COVID-19 ha dado lugar en nuestro país a la adopción de una serie de medidas extraordinarias reguladas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En lo que al ámbito educativo y de la formación se refiere, en el artículo 9 del citado real decreto se dispuso, como medida de contención, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.
Teniendo en cuenta la incidencia que la adopción de estas medidas estaba teniendo sobre el habitual desarrollo de la actividad académica, se estimó necesario dictar la Orden PCM/362/2020, de 22 de abril, por la que se modifica la Orden PCM/139/2020, de 17 de febrero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso 2019-2020. Dicha orden, que, entre otras medidas, permitía a las Administraciones educativas posponer las fechas inicialmente previstas para la realización de las pruebas, tomaba como referencia las previsibles prórrogas del estado de alarma en nuestro país y las medidas de carácter sanitario que, de acuerdo a estas, previsiblemente deberían adaptarse dentro de nuestras fronteras.