Resolución de 2 de mayo de 2020, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publican los Acuerdos de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 28 de abril de 2020, por los que se determinan importes máximos de venta al público en aplicación de lo previsto en la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.
Ministerio de Sanidad · 5 de mayo de 2020
En pocas palabras
Fija precios máximos de venta al público de antisépticos de piel sana y de geles y soluciones hidroalcohólicas, en aplicación de la Orden SND/354/2020, que buscaba garantizar el acceso a productos higiénicos frente al COVID-19. Los precios se expresan por mililitro según el tamaño del envase.
Qué cambia
Cambia el precio máximo que se puede cobrar por estos productos higiénicos: se fijan límites por mililitro para antisépticos y se suben los de geles hidroalcohólicos de hasta 300 ml. Afecta a quien compra y a quien vende estos productos.
- A quién afecta
- compradores de antisépticos y geles hidroalcohólicos · farmacias · comercios que venden productos higiénicos · fabricantes de antisépticos y geles hidroalcohólicos
- Cifras
- antisépticos de hasta 150 ml: 0,032 euros por ml
- antisépticos de 151 a 300 ml: 0,023 euros por ml
- antisépticos de 301 a 1000 ml: 0,015 euros por ml
- geles hidroalcohólicos de hasta 150 ml: 0,025 euros por ml (antes 0,021)
- geles hidroalcohólicos de 151 a 300 ml: 0,021 euros por ml (antes 0,018)
- Sanidad y salud pública
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, en su reunión del 28 de abril de 2020, ha adoptado sendos acuerdos por los que se fijan importes máximos de venta al público de determinados productos en aplicación de lo previsto en el apartado segundo.1 de la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.
Al objeto de dar publicidad a dichos acuerdos, esta Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia ha resuelto disponer la publicación de los mismos en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente resolución.
La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Secretario General de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 2 de mayo de 2020.–La Directora General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, Patricia Lacruz Gimeno.
ANEXO
Acuerdos por los que se determinan importes máximos de venta al público en aplicación de lo previsto en la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19
El pasado 19 de abril se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.
La citada orden establece en su apartado tercero que por acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos se podrá establecer el importe máximo de venta al público de los productos establecidos en el apartado segundo.1 de la Orden SND/354/2020, de 19 de abril.
Asimismo, se dispone que corresponde a la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, en cuanto órgano de apoyo administrativo a la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, la elaboración del documento que incorpore dicho acuerdo, así como su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
En su virtud, la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos en su reunión del día 28 de abril de 2020, acuerda: