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Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Acuerdo Internacional · 10/06/2026 · Atribución por órgano emisor: Órgano emisor · Partido Socialista Obrero Español
El Acuerdo permite a los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio de España y Omán entrar, transitar y salir del otro país sin visado. La estancia sin visado se limita a 90 días dentro de cualquier período de 180 días.