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Ordenar por: Relevancia · Fecha
Tribunal Supremo · Auto · 11/10/2021 · Sin atribución a partidos
El Tribunal Supremo anula un apartado de una orden ministerial que fijaba la fecha de inicio del cálculo de intereses para una empresa distribuidora de electricidad. Establece que esos intereses deben contarse desde el 1 de enero de 2016 y ordena a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia liquidarlos en dos meses.