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Ordenar por: Relevancia · Fecha
Junta Electoral Central · Instrucción · 09/06/2023 · Sin atribución a partidos
La Instrucción exige que el elector entregue personalmente en las oficinas de Correos la documentación del voto por correspondencia y se identifique con un documento válido. Si no puede acudir, otra persona puede entregarla con una autorización firmada y fotocopia del documento del elector. Los sobres de voto por correo recogidos en buzones no son válidos.