Recurso de inconstitucionalidad n.º 2781-2026, contra el artículo 2 del Decreto-ley 10/2025, de 8 de julio, del Consell, de medidas urgentes en materias de puertos de la Generalitat y de minimización del impacto generado por la DANA al Parque Natural de La Albufera.
Tribunal Constitucional · 6 de mayo de 2026
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad del Presidente del Gobierno contra un artículo del Decreto-ley 10/2025 del Consell. El recurso se dirige a una parte concreta de la modificación del artículo 32.3.b) de la Ley de Puertos de la Generalitat.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional estudiará si esa parte del artículo 2 del Decreto-ley 10/2025 es conforme a la Constitución. Mientras se resuelve, la norma sigue en vigor salvo que el Tribunal acuerde su suspensión.
- A quién afecta
- Generalitat Valenciana · puertos de la Generalitat · titulares de concesiones portuarias · Parque Natural de La Albufera
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad número 2781-2026
- providencia de 28 de abril de 2026
- Decreto-ley 10/2025, de 8 de julio
- artículo 32.3.b) de la Ley 2/2014, de 13 de junio
- Justicia
- Transporte e infraestructuras
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de abril de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2781-2026, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 2 del Decreto-ley 10/2025, de 8 de julio, del Consell, de medidas urgentes en materias de puertos de la Generalitat y de minimización del impacto generado por la DANA al Parque Natural de La Albufera, en cuanto a la modificación efectuada respecto del artículo 32.3.b) de la Ley 2/2014, de 13 de junio, de Puertos de la Generalitat, y únicamente en cuanto al inciso «integración entre el puerto, la ciudad y la costa, o que mejore la seguridad y operatividad de las instalaciones u obras realizadas en virtud del título concesional, su».
Madrid, 28 de abril de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.