Recurso de inconstitucionalidad n.º 2331-2026, contra los artículos 7.2, 8.6, 9.2, 13.6, 23.1 y la disposición final segunda [que modifica la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, en lo que se refiere a su punto Uno, que introduce los artículos 9 ter, apartado 2, y 29 septies, apartado 4, y a su punto Dos, que añade una letra e) a la disposición final tercera] de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela.
Tribunal Constitucional · 21 de abril de 2026
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Aragón contra varios artículos y una disposición final de la Ley 10/2025, que regula los servicios de atención a la clientela. El recurso cuestiona también la modificación que esa ley hace de la Ley 44/2002 sobre reforma del sistema financiero.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional estudiará si esos preceptos de la Ley 10/2025 y la modificación de la Ley 44/2002 se ajustan a la Constitución. Mientras se resuelve, la ley sigue en vigor salvo que el tribunal acuerde su suspensión.
- A quién afecta
- Gobierno de Aragón · empresas que prestan servicios de atención a la clientela · entidades financieras · personas consumidoras y clientes
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad número 2331-2026
- providencia del Pleno de 14 de abril de 2026
- publicación en el Boletín Oficial del Estado el 21 de abril de 2026
- Justicia
- Economía, empresas y consumo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de abril de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2331-2026, promovido por el Gobierno de Aragón, contra los artículos 7.2, 8.6, 9.2, 13.6, 23.1 y la disposición final segunda [que modifica la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, en lo que se refiere a su punto uno, que introduce los artículos 9 ter, apartado 2, y 29 septies, apartado 4, y a su punto dos, que añade una letra e) a la disposición final tercera] de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela.
Madrid, 14 de abril de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.