Orden AUC/309/2026, de 16 de marzo, por la que se suprimen las Oficinas consulares honorarias de España en Barranquilla, Buenaventura, Cúcuta, San Andrés y Santa Marta, y se modifica la circunscripción consular de las Oficinas consulares honorarias de España en Cartagena de Indias, Cali y Bucaramanga, todas en la República de Colombia.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 3 de abril de 2026
En pocas palabras
Suprime las oficinas consulares honorarias de España en Barranquilla, Buenaventura, Cúcuta, San Andrés y Santa Marta, en Colombia. Amplía la circunscripción de las oficinas honorarias de Cartagena de Indias, Cali y Bucaramanga para que asuman esas zonas.
Qué cambia
Los españoles residentes o de paso en esas zonas pasan a depender de las oficinas honorarias de Cartagena de Indias, Cali o Bucaramanga. No aumenta el gasto público.
- A quién afecta
- españoles residentes en Colombia · españoles de paso en Colombia · oficinas consulares honorarias de España en Colombia · Consulado General de España en Bogotá
- Cifras
- oficinas consulares honorarias suprimidas: 5
- oficinas consulares honorarias cuya circunscripción se modifica: 3
- oficinas creadas en 1969: Barranquilla, Bucaramanga, Buenaventura y Cúcuta
- oficinas constituidas entre 1998 y 1999: Cali, San Andrés y Santa Marta
- oficina de Cartagena de Indias establecida en 2020
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, dispone en su artículo 6 que la supresión de una Oficina consular honoraria se realizará por Orden del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (hoy Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación), de acuerdo con el procedimiento dispuesto en los artículos 4 y 5, y que lo dispuesto en dichos artículos se aplicará asimismo para la modificación de la circunscripción o de la localización de la sede.
El artículo 4 establece el requisito de dirigir una propuesta razonada a las Direcciones Generales del Servicio Exterior y de Asuntos y Asistencia Consulares (hoy de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares) del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (hoy Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación) por la Oficina consular de carrera correspondiente, a través de la respectiva Misión Diplomática, que la tramitará junto con un informe sobre la conveniencia y oportunidad de tal petición. En este caso, se han recibido propuestas del Consulado General de España en Bogotá, tramitadas a través de la Embajada de España en Bogotá.
Una vez tramitadas y aprobadas dichas propuestas, remitidas de conformidad con el procedimiento descrito y con el contenido requerido por el artículo 5, la iniciativa corresponde a la Dirección General del Servicio Exterior, que deberá contar con el preceptivo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares (hoy de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares).
Hasta la fecha, la red consular honoraria española en la República de Colombia ha estado formada por los Consulados Honorarios de España en Barranquilla, Cali, Cartagena de Indias, Manizales y Medellín y los Viceconsulados Honorarios de España en Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Pasto, San Andrés y Santa Marta. Las oficinas de Barranquilla, Bucaramanga, Buenaventura y Cúcuta se crearon en 1969, mientras que las de Cali, San Andrés y Santa Marta se constituyeron entre 1998 y 1999. Por su parte, la oficina en Cartagena de Indias se estableció en el año 2020, en un contexto en que se preparaba el cierre del Consulado General de España en dicha ciudad, creado en 2007, que se suprimió definitivamente en 2021. En la actualidad, la presencia reducida de españoles en las demarcaciones consulares que cubren el Consulado Honorario en Barranquilla y los Viceconsulados Honorarios en Buenaventura y Cúcuta aconsejan su cierre, especialmente teniendo en cuenta que los Consulados Honorarios en Cartagena de Indias, Cali y Bucaramanga, respectivamente, pueden asumir sus circunscripciones.
El mismo razonamiento puede aplicarse a los Viceconsulados Honorarios de España en Santa Marta, que cubría el departamento de Magdalena, y el de San Andrés, previsto para cubrir los departamentos de San Andrés y Providencia (las islas del Rosario) y Santa Catalina. Además, desde 2007 su trascendencia decayó con la apertura del Consulado General de España en Cartagena de Indias, desde 2021 sus demarcaciones consulares se cubren desde el Consulado General de España en Bogotá, con apoyo del Consulado Honorario en Cartagena de Indias, y la normativa colombiana los considera cerrados al haber permanecido vacantes durante un periodo superior a dos años.