Real Decreto 296/2026, de 31 de marzo, por el que se indulta a doña María Victoria Rivero Cortés.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · 1 de abril de 2026
En pocas palabras
Conmuta la pena de prisión impuesta a María Victoria Rivero Cortés por un delito de robo con violencia por una pena de multa. La multa es de tres meses con cuota diaria de tres euros. Se impone la condición de no cometer delito doloso en dos años.
Qué cambia
La persona condenada no cumplirá la pena de prisión de 21 meses y en su lugar pagará una multa. Si comete un delito doloso en los dos años siguientes a la publicación, se revisará la conmutación.
- A quién afecta
- María Victoria Rivero Cortés · personas condenadas por delitos de robo con violencia
- Cifras
- pena de prisión conmutada: 21 meses
- multa impuesta: 3 meses
- cuota diaria de la multa: 3 euros
- plazo de no cometer delito doloso: 2 años
- multa por delito leve de lesiones: 1 mes a 5 euros al día
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de doña María Victoria Rivero Cortés, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Mérida, en sentencia de 7 de junio de 2021, como autora de un delito de robo con violencia a la pena de 21 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y, por un delito leve de lesiones, 1 mes de multa a razón de 5 euros al día y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, por hechos cometidos en el año 2019, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendidas las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de marzo de 2026,
Vengo en conmutar a doña María Victoria Rivero Cortés la pena privativa de libertad impuesta por otra de tres meses de multa a razón de cuota diaria de tres euros, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado el 31 de marzo de 2026.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA