Real Decreto 190/2026, de 11 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1219/2024, de 3 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 13 de marzo de 2026
En pocas palabras
Modifica las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios del Plan Estratégico de la PAC. Estas ayudas se dirigen a entidades asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico reconocidas como prioritarias y a entidades participadas mayoritariamente por ellas.
Qué cambia
Cambian las reglas para pedir estas ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural. Afecta a las entidades asociativas agroalimentarias que quieran acogerse a ellas.
- A quién afecta
- entidades asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico · Entidades Asociativas Prioritarias reconocidas · entidades participadas mayoritariamente por Entidades Asociativas Prioritarias · cooperativas agroalimentarias · socios de entidades asociativas agroalimentarias
- Cifras
- Plan Estratégico de la PAC: periodo 2024-2027
- Agricultura, pesca y alimentación
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Las entidades asociativas agroalimentarias son empresas vinculadas de forma estable al territorio, al agricultor y al ganadero, con un destacado papel en el mantenimiento de la economía local y en la fijación de población, con el consiguiente apoyo al equilibrio y la ordenación rural. Ejercen también una importante función social al fomentar la participación, la formación y los procedimientos de decisión democráticos en los que se basa su organización y funcionamiento.
Atendiendo a esta naturaleza y la necesidad de fomento de este sistema asociativo, se promulgó la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario. Dicha ley pretende cambiar la actual configuración asociativa agroalimentaria, caracterizada por su atomización, para adecuarla a los nuevos retos, mediante instrumentos y medidas que confieran a las entidades asociativas un mayor protagonismo en nuestro sistema agroalimentario, a través de su redimensionamiento, configurando estructuras más eficaces y competitivas por medio de integraciones que se constituyan en modelo de cooperación y colaboración por excelencia que redunden en el beneficio de todos los integrantes de la cadena alimentaria hasta el consumidor final, de manera que nuestro sistema agroalimentario siga siendo elemento vertebrador y dinamizador del tejido rural vivo, coherente e integrador.
Uno de los instrumentos para la consecución de dichos fines, establecido en la propia Ley 13/2013, de 2 de agosto, es el reconocimiento como Entidades Asociativas Prioritarias de aquellas entidades asociativas agroalimentarias con implantación supraautonómica en cuanto a socios y ámbito de actuación económico, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la propia ley y desarrollados en el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.
Las Entidades Asociativas Prioritarias reconocidas, así como entidades participadas mayoritariamente por ellas, se constituyen como únicas beneficiarias posibles de la línea de ayudas de apoyo a la realización de inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrarios, que constituye una intervención del Plan Estratégico de la PAC 2024-2027, que está cofinanciada por el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural.
Esta línea de ayuda se erige como una medida fundamental de la política estatal de fomento de la integración asociativa que desarrolla el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos. De esta manera, se favorece la creación de entidades asociativas agroalimentarias de mayor dimensión mediante el fomento de la integración de los primeros eslabones de la cadena alimentaria, lo que redunda en una mejor y más fuerte posición negociadora de la oferta procedente del sector en el conjunto de las relaciones comerciales que rigen los intercambios en la cadena alimentaria. Asimismo, permiten a las entidades asociativas agroalimentarias perseguir objetivos más ambiciosos mediante inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios, así como incrementar la cuota de mercado para los productos en los que operan las entidades, persiguiendo al fin y al cabo un aumento del valor añadido de los productos que comercializa la cooperativa que redunde positivamente en las rentas de los agricultores y favorezca la fijación de la población en el medio rural, contribuyendo de esta manera a la creación de un entorno rural sostenible desde el punto de vista social, económico y medioambiental.