Real Decreto 162/2026, de 25 de febrero, de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por el Real Decreto 1079/1985, de 5 de junio, en materia de reforma y desarrollo agrario.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · 3 de marzo de 2026
En pocas palabras
Aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias que amplía los bienes adscritos a las funciones traspasadas a Castilla-La Mancha en reforma y desarrollo agrario. Incluye el traspaso de un inmueble y la subrogación de la comunidad en los derechos y obligaciones sobre ese bien.
Qué cambia
Castilla-La Mancha pasa a ser titular de un inmueble y asume los derechos y obligaciones ligados a él desde la fecha de efectividad. Se prevé firmar un acta de entrega y recepción en el plazo de un mes desde la publicación.
- A quién afecta
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Administración del Estado · Comisión Mixta de Transferencias Estado-Castilla-La Mancha
- Cifras
- plazo para firmar el acta de entrega y recepción: un mes desde la publicación en el BOE
- reunión del Pleno de la Comisión Mixta: 26 de enero de 2026
- reunión del Consejo de Ministros: 24 de febrero de 2026
- fecha del real decreto: 25 de febrero de 2026
- publicación: 3 de marzo de 2026
- Agricultura, pesca y alimentación
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Constitución en el artículo 148.1.7.ª establece que las comunidades autónomas podrán asumir competencias en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, y en el artículo 149.1.13.ª reserva al Estado la competencia sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, dispone en su artículo 31.1.6.ª que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha asume competencias exclusivas en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, de acuerdo con la ordenación general de la economía.
Por el Real Decreto 1079/1985, de 5 de junio, se aprobó la valoración definitiva y ampliación de funciones traspasadas de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de reforma y desarrollo agrario.
Finalmente, la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha y el Real Decreto 1064/1983, de 13 de abril, regulan el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias, así como la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Sobre las bases de estas previsiones constitucionales, estatutarias y legales, la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, adoptó, en su reunión del día 26 de enero de 2026, el Acuerdo de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por el Real Decreto 1079/1985, de 5 de junio, en materia de reforma y desarrollo agrario, que se eleva al Gobierno para su aprobación mediante real decreto.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 2026,
RESUELVO:
Primero. Aprobación del Acuerdo de la Comisión Mixta.
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por el Real Decreto 1079/1985, de 5 de junio, en materia de reforma y desarrollo agrario, adoptado por el Pleno de dicha comisión en su reunión del día 26 de enero de 2026 y que se incorpora como anexo de este real decreto.