Ley Foral 1/2026, de 13 de febrero, de modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
Comunidad Foral de Navarra · 27 de febrero de 2026
En pocas palabras
Modifica la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra para permitir que los ayuntamientos bonifiquen el Impuesto de Bienes Inmuebles (Contribución Territorial) en relación con el alquiler de vivienda asequible. La norma se enmarca en las medidas para zonas de mercado residencial tensionado y la estrategia de vivienda rural.
Qué cambia
Los ayuntamientos navarros podrán aplicar bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles a los propietarios que destinen viviendas a alquiler asequible, lo que afecta a los ingresos municipales y a los propietarios e inquilinos de esas viviendas.
- A quién afecta
- ayuntamientos de Navarra · propietarios de viviendas en alquiler · inquilinos de vivienda asequible · personas con dificultades de acceso a la vivienda
- Vivienda y urbanismo
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
PREÁMBULO
El acceso a una vivienda digna y asequible se encuentra gravemente comprometido en Navarra. Lo que durante décadas se fue gestando como un problema estructural, hoy se manifiesta como una auténtica emergencia social. En numerosas ciudades y territorios, la combinación de especulación inmobiliaria, concentración de propiedades en pocas manos, transformación de viviendas en alojamientos turísticos y una falta crónica de vivienda pública ha generado una situación límite para muchas familias. Las clases populares, la juventud y los colectivos vulnerabilizados sufren las consecuencias más graves, tales como precariedad residencial e imposibilidad de acceder a una vivienda digna.
El artículo 2 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, establece como actuaciones protegibles por las Administraciones Públicas de Navarra en materia de vivienda, entre otras, las siguientes: la adquisición, promoción y urbanización de suelo destinado a albergar viviendas protegidas; la adquisición de suelo con destino a la promoción de viviendas en régimen de alquiler con limitación de precio máximo de renta; la promoción de viviendas protegidas para uso propio, venta y arrendamiento; la rehabilitación de viviendas o edificios y sus obras complementarias o de urbanización, así como la adquisición de inmuebles para su rehabilitación, o para su demolición con fines vinculados a la obtención de espacios libres y dotacionales, y la adquisición, arrendamiento y adjudicación de viviendas protegidas, o viviendas usadas en actuaciones o programas impulsados por la administración de la Comunidad Foral.
En efecto, la vivienda constituye, ante todo, uno de los pilares del bienestar social. La evolución de precios en los últimos años ha elevado, por un lado, el precio de adquisición y, por otro, el coste de los alquileres en nuestra Comunidad, pese a las medidas adoptadas a distintos niveles para contener sus precios. A ello se suma el comportamiento del mercado del alquiler donde se aprecia una escasez de la oferta, el incremento de la demanda, la variación de los precios y el porcentaje de renta que ha de destinarse a su abono, lo que hace que las dificultades de acceso al mercado se agraven y, con ello, la imposibilidad de disponer de una vivienda digna.
Dentro de los planes de medidas de zonas de mercado residencial tensionado con los ayuntamientos y la estrategia de vivienda rural se han planteado diferentes líneas de trabajo para incentivar la vivienda de alquiler asequible en los diferentes municipios navarros. Dentro de las competencias de las entidades locales está la bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles o Contribución Territorial, y los ayuntamientos se han mostrado favorables a poder ejercitarla para contribuir a la finalidad de movilizar vivienda vacía hacia el mercado de alquiler asequible.