Conflicto entre órganos constitucionales n.º 192-2026, en relación con el acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 11 de noviembre de 2025, de no proceder a la tramitación por el Pleno del Congreso de los Diputados de las enmiendas números 118 y 148 aprobadas por el Pleno del Senado por las que se incorporan un artículo 61 bis y una disposición transitoria undécima al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, por haber expresado el Gobierno su disconformidad con la tramitación de las mismas.
Tribunal Constitucional · 18 de febrero de 2026
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un conflicto entre el Senado y el Congreso de los Diputados. El Senado impugna el acuerdo de la Mesa del Congreso de no tramitar dos enmiendas que el Senado aprobó al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional decidirá si el Congreso actuó correctamente al no tramitar esas dos enmiendas del Senado. Hasta que resuelva, queda abierto el conflicto entre las dos cámaras.
- A quién afecta
- Senado · Congreso de los Diputados · Mesa del Congreso de los Diputados · Gobierno
- Cifras
- enmiendas afectadas: 118 y 148
- conflicto entre órganos constitucionales: número 192-2026
- acuerdo de la Mesa del Congreso: 11 de noviembre de 2025
- providencia de admisión a trámite: 11 de febrero de 2026
- Justicia
- Administración pública e instituciones
- Transporte e infraestructuras
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de febrero de 2026, ha acordado admitir a trámite el conflicto entre órganos constitucionales número 192-2026, promovido por el Senado frente al Congreso de los Diputados, en relación con el acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 11 de noviembre de 2025, de no proceder a la tramitación por el Pleno del Congreso de los Diputados de las enmiendas números 118 y 148 aprobadas por el Pleno del Senado por las que se incorporan un artículo 61 bis y una disposición transitoria undécima al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, por haber expresado el Gobierno su disconformidad con la tramitación de las mismas.
Madrid, 11 de febrero de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.