Recurso de inconstitucionalidad n.º 7696-2025, contra el artículo único de la Ley 3/2025, de 25 de julio, de modificación de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, en lo referido al apartado cuatro, en cuanto modifica los arts. 3.c) y 3.d) de la Ley 11/2003 y añade un nuevo art. 3.k) a dicha ley; el apartado cinco, en cuanto añade un nuevo art. 3 ter.k) a la Ley 11/2003; el apartado seis, en cuanto modifica el art. 4.1.h) de la Ley 11/2003; y el apartado veinticuatro, en cuanto añade una nueva disposición adicional tercera a la Ley 11/2003.
Tribunal Constitucional · 4 de febrero de 2026
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad del Defensor del Pueblo contra varios apartados de la Ley 3/2025, que modifica la Ley 11/2003 sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias. El recurso se dirige a los apartados cuatro, cinco, seis y veinticuatro de esa ley.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional estudiará si esos apartados de la ley canaria se ajustan a la Constitución. Mientras se resuelve, las normas impugnadas siguen en vigor salvo que el tribunal acuerde su suspensión.
- A quién afecta
- universidades públicas de Canarias · Consejos Sociales de las universidades canarias · comunidad universitaria de Canarias · Gobierno de Canarias
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad número 7696-2025
- providencia de 27 de enero de 2026
- Ley 3/2025, de 25 de julio
- Ley 11/2003, de 4 de abril
- Educación y universidades
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 7696-2025, promovido por el Defensor del Pueblo, contra el artículo único de la Ley 3/2025, de 25 de julio, de modificación de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, en lo referido al apartado cuatro, en cuanto modifica los artículos 3.c) y 3.d) de la Ley 11/2003 y añade un nuevo artículo 3.k) a dicha ley; el apartado cinco, en cuanto añade un nuevo artículo 3 ter.k) a la Ley 11/2003; el apartado seis, en cuanto modifica el artículo 4.1.h) de la Ley 11/2003; y el apartado veinticuatro, en cuanto añade una nueva disposición adicional tercera a la Ley 11/2003.
Madrid, 27 de enero de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.