Orden INT/1033/2026, de 1 de octubre, por la que se prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas con respecto a los vuelos y enlaces marítimos de pasajeros procedentes de la República Italiana.
Ministerio del Interior · 6 de octubre de 2026
En pocas palabras
Prorroga los controles en las fronteras aéreas y marítimas españolas para las personas que lleguen desde Italia. La medida se aplica del 8 al 22 de octubre de 2026 y se basa en razones de orden público y seguridad interior.
Qué cambia
Las personas que viajen por aire o mar desde Italia a España pueden pasar controles fronterizos en la entrada. Los controles se levantan solos al terminar el periodo y no se prorrogan de forma automática.
- A quién afecta
- pasajeros de vuelos procedentes de Italia · pasajeros de enlaces marítimos procedentes de Italia · transportistas aéreos y marítimos · autoridades fronterizas españolas
- Cifras
- prórroga: del 8 de octubre de 2026 a las 00:00 horas al 22 de octubre de 2026 a las 24:00 horas
- periodo de la prórroga: 15 días naturales
- prórroga anterior: del 23 de septiembre al 7 de octubre de 2026
- prórroga anterior: del 8 al 22 de septiembre de 2026
- medida inicial: 30 días naturales, del 8 de agosto al 7 de septiembre de 2026
- Inmigración y asilo
- Seguridad y emergencias
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden INT/846/2026, de 7 de agosto, acordó el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas con respecto a los vuelos y enlaces marítimos de pasajeros procedentes de la República Italiana por un periodo de 30 días naturales, desde las 00:00 horas del día 8 de agosto de 2026 hasta las 24:00 horas del día 7 de septiembre de 2026.
Persistiendo las razones de urgencia y de amenaza grave para el orden público y la seguridad interior que motivaron la adopción de la citada medida, posteriormente, la Orden INT/932/2026, de 4 de septiembre, acordó la prórroga del restablecimiento temporal de los controles fronterizos por un período de 15 días naturales, desde las 00:00 horas del día 8 de septiembre de 2026 hasta las 24:00 horas del día 22 de septiembre de 2026.
Subsistiendo las mismas razones, la Orden INT/977/2026, de 16 de septiembre, acordó una nueva prórroga del restablecimiento temporal de los controles fronterizos por un período de 15 días naturales, desde las 00:00 horas del día 23 de septiembre de 2026 hasta las 24:00 horas del día 7 de octubre de 2026.
Concurriendo aún las mencionadas razones aludidas en el párrafo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen), resulta necesario prorrogar los mencionados controles fronterizos.
En su virtud, y en el ejercicio de las competencias exclusivas del Estado en materia de inmigración y extranjería, y de seguridad pública, reconocidas en el artículo 149.1.2.ª y 29.ª de la Constitución Española, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
Se prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas respecto a las personas procedentes de la República Italiana, en los términos y condiciones recogidos por la Orden INT/846/2026, de 7 de agosto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Esta prórroga surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 8 de octubre de 2026 hasta las 24:00 horas del día 22 de octubre de 2026.
2. La prórroga será objeto de evaluación permanente y quedará sin efecto antes de la fecha prevista cuando desaparezcan las amenazas que motivaron su adopción o cuando puedan ser afrontadas eficazmente mediante medidas menos restrictivas.
3. La finalización del período establecido en el apartado 1 determinará el levantamiento automático de los controles, sin necesidad de resolución expresa.