Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4688-2026, en relación con las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Tribunal Constitucional · 30 de julio de 2026
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, que regula medidas para reducir la temporalidad en el empleo público. El Pleno se reserva el conocimiento del asunto.
Qué cambia
Las partes del procedimiento ordinario 436-2022 pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en los quince días siguientes a la publicación del edicto en el BOE. El Tribunal decidirá sobre la constitucionalidad de esas dos disposiciones.
- A quién afecta
- partes del procedimiento ordinario 436-2022 · empleados públicos con contratos temporales · Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- procedimiento ordinario: número 436-2022
- cuestión de inconstitucionalidad: número 4688-2026
- Administración pública e instituciones
- Justicia
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de julio de 2026, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4688-2026, planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el procedimiento ordinario núm. 436-2022, en relación con las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 436-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de julio de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.