Real Decreto 667/2026, de 28 de julio, por el que se indulta a doña Carolina Villarraga Blandón.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · 29 de julio de 2026
En pocas palabras
Conmuta la pena de prisión de tres años y un día impuesta a una persona condenada por un delito contra la salud pública por otra de dos años. La medida queda condicionada a que no cometa un delito doloso en cuatro años desde su publicación.
Qué cambia
La persona condenada cumple una pena de prisión menor, de dos años en lugar de tres años y un día, y pierde el beneficio si reincide en un delito doloso durante cuatro años.
- A quién afecta
- persona condenada por delito contra la salud pública · Carolina Villarraga Blandón
- Cifras
- pena de prisión impuesta: tres años y un día
- multa impuesta: 300 euros
- responsabilidad personal subsidiaria: un día de privación de libertad por cada 100 euros no satisfechos
- pena de prisión tras la conmutación: dos años
- plazo de condición: cuatro años desde la publicación
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de doña Carolina Villarraga Blandón, condenada por la Audiencia Provincial de León, Sección Tercera, en sentencia de 8 de octubre de 2024, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 300 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada 100 euros no satisfechos, por hechos cometidos en el año 2013, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendidas las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de julio de 2026,
Vengo en conmutar a doña Carolina Villarraga Blandón la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado el 28 de julio de 2026.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA