Orden INT/777/2026, de 28 de julio, por la que se declara el cese de los efectos de la Orden INT/762/2026, de 25 de julio, por la que se amplía a la provincia de Toledo el ámbito territorial de la declaración de emergencia de interés nacional declarada por la Orden INT/748/2026, de 23 de julio.
Ministerio del Interior · 29 de julio de 2026
En pocas palabras
Deja sin efecto la ampliación a la provincia de Toledo de la emergencia de interés nacional por incendios forestales. La gestión de la emergencia en Toledo vuelve a la situación operativa 2 del plan de Castilla-La Mancha (PLATECAM).
Qué cambia
La dirección de la emergencia en Toledo pasa del Estado a las autoridades de Castilla-La Mancha. Se produce tras el realojo de casi toda la población desalojada por los incendios.
- A quién afecta
- personas desalojadas por los incendios en la provincia de Toledo · Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha · servicios de extinción y protección civil de Castilla-La Mancha · Ministerio del Interior
- Seguridad y emergencias
- Administración pública e instituciones
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Texto
La Orden INT/762/2026, de 25 de julio, amplió a la provincia de Toledo el ámbito territorial de la declaración de emergencia de interés nacional declarada por la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales.
Con fecha 27 de julio de 2026, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha solicitó al Ministerio del Interior que se dejara sin efecto la ampliación a la provincia de Toledo del ámbito territorial de la declaración de emergencia de interés nacional, al considerar que la evolución de la situación permitía el retorno a los mecanismos ordinarios de dirección y gestión previstos en el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha (INFOCAM).
La evolución favorable de los incendios forestales declarados en la provincia de Toledo ha permitido una reducción significativa de la situación de riesgo, posibilitando, entre otras medidas, el realojo de la práctica totalidad de la población que había sido desalojada, por lo que procede declarar el cese de los efectos de la Orden INT/762/2026, de 25 de julio, respecto de dicha provincia.
En consecuencia, con fecha 28 de julio del 2026, desde la Dirección Operativa de la Emergencia se propone que por el Ministro del Interior se acuerde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28, 29 y 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, el cese de la situación operativa 3 de protección civil en el ámbito territorial de la provincia de Toledo, dejando sin efectos para dicho territorio la ampliación acordada mediante la Orden INT/762/2026, de 25 de julio, y retornando la gestión de la emergencia a la situación operativa 2 del Plan Territorial de Emergencias de Castilla-La Mancha (PLATECAM), al haberse restablecido las condiciones que permiten su dirección por las autoridades competentes de la comunidad autónoma.
En su virtud, acuerdo:
Primero.
Se declara el cese de los efectos de la Orden INT/762/2026, de 25 de julio, por la que se amplía a la provincia de Toledo el ámbito territorial de la declaración de emergencia de interés nacional declarada por la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales, de conformidad con los artículos 28, 29 y 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y con lo dispuesto en el apartado 6.1.3 del Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM), aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2020 (BOE núm. 328, de 17 de diciembre de 2020).