Real Decreto 561/2026, de 8 de julio, por el que se crea una vocalía en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Ministerio de Hacienda · 9 de julio de 2026
En pocas palabras
Crea una vocalía adicional en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, que pasa a tener seis vocales. El tribunal resuelve recursos especiales en materia de contratación pública de la Administración General del Estado, siete comunidades autónomas y Ceuta y Melilla.
Qué cambia
El tribunal contará con una persona más para repartir y resolver los recursos de contratación pública, con el fin de evitar que aumenten los plazos de resolución.
- A quién afecta
- empresas licitadoras en contratos del sector público · órganos de contratación de la Administración General del Estado · órganos de contratación de las comunidades autónomas con convenio · órganos de contratación de Ceuta y Melilla · personal del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Cifras
- recursos interpuestos en 2024: 1.824
- resoluciones dictadas en 2024: 1.634
- vocales del tribunal tras la norma: seis
- vocales fijados por el Real Decreto-ley 36/2020: cinco
- vocales fijados en la norma de creación de 2010: dos
- Administración pública e instituciones
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales es competente para conocer del recurso especial tramitado al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de las reclamaciones interpuestas al amparo del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales y de los recursos interpuestos con base en la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.
Las competencias se ejercen frente a los actos dictados por los órganos de contratación de la Administración General del Estado y siete comunidades autónomas (Principado de Asturias, La Rioja, Región de Murcia, Castilla-La Mancha, Cantabria, Comunidad Valenciana, Islas Baleares), además de las Ciudades de Ceuta y Melilla, con base en los convenios suscritos.
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, establece en su artículo 45.1, párrafo primero, in fine, que cuando el volumen de asuntos sometidos a su conocimiento lo requiera, el número de vocales se incrementará mediante real decreto, de acuerdo con la modificación operada por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que incrementó a cinco el número de vocales, frente a los dos que estableció su norma de creación, la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras.
Debido al exponencial incremento en el número de recursos interpuestos y la mayor complejidad técnica y jurídica de las materias sometidas a valoración del Tribunal, resulta necesario reforzar su estructura con una plaza adicional de vocal, medida que permitirá una distribución adecuada de los asuntos y evitará el incremento de los plazos de resolución, lo que afecta de manera directa a la gestión de los procedimientos en materia de contratación pública.
En cuanto al incremento en el número de recursos, la memoria del Tribunal acumulada para los ejercicios 2022, 2023 y 2024 ya evidenciaba una manifiesta tendencia al alza, en 2024 el número de recursos interpuestos fue de 1824, dictándose 1634 resoluciones. Dicha progresión se ha visto incrementada exponencialmente en el ejercicio 2025 y es previsible que continúe en el presente, dado que además finaliza el plazo de ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El año 2025 ha finalizado con un total de 2226 recursos presentados (400 más que en el año 2024), lo que supone un incremento de un 22 % respecto del año anterior, aumento que se ha producido de forma más destacable en el último cuatrimestre del año.