Orden TED/624/2026, de 12 de junio, por la que se redefinen los sistemas eléctricos aislados del territorio no peninsular de Canarias.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · 23 de junio de 2026
En pocas palabras
Actualiza la lista de sistemas eléctricos aislados de Canarias tras la conexión eléctrica entre Tenerife y La Gomera. Desde ahora, ambas islas forman un único sistema eléctrico aislado. La orden se aplica también a Baleares, Ceuta y Melilla.
Qué cambia
La explotación y el despacho de energía en Tenerife y La Gomera pasan a gestionarse como un solo sistema eléctrico. Afecta a la operación del sistema eléctrico canario y a las instalaciones de conexión entre ambas islas.
- A quién afecta
- Red Eléctrica como operador del sistema · Empresas distribuidoras de electricidad en Canarias · Empresas productoras de energía eléctrica en Tenerife y La Gomera · Consumidores de electricidad de Tenerife y La Gomera
- Cifras
- interconexión entre Tenerife y La Gomera: 66 kV
- fin de la puesta en servicio de la interconexión: 23 de abril de 2026
- entrada en servicio del resto de infraestructuras prevista: 22 de junio de 2026
- entrada en vigor: día 1 del mes siguiente a la publicación
- plazo para recurso contencioso-administrativo: 2 meses
- Energía
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, dispone que las actividades para el suministro de energía eléctrica que se desarrollen en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares son objeto de una reglamentación singular, debido a las características específicas que presentan derivadas de su ubicación territorial y de su carácter aislado.
El artículo 3 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares define los sistemas eléctricos aislados de los territorios no peninsulares y prevé que, en aquellos casos en los que se produzca una unión mediante redes eléctricas de dos o más sistemas eléctricos aislados de tal manera que se permita la integración en un único sistema, por orden de la persona titular del actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se procederá a revisar la definición de los sistemas eléctricos aislados.
Con fecha 9 de junio de 2026 ha tenido entrada en el Registro Electrónico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico escrito de Red Eléctrica, en calidad de operador del sistema, en el que pone de manifiesto lo siguiente:
«El pasado 23 de abril de 2026 finalizaron los trabajos de puesta en servicio de la nueva interconexión a 66 kV entre los sistemas eléctricos de Tenerife y La Gomera. Asimismo, según la mejor información proporcionada por Endesa Distribución, el próximo 22 de junio está previsto que ésta ponga en servicio el resto de las infraestructuras necesarias para hacer efectiva la conexión eléctrica entre ambos sistemas, quedando las instalaciones plenamente operativas y en disposición [de] ser explotadas con normalidad».
Así, a la vista de este escrito, la conclusión de las pruebas y la puesta en servicio del enlace que conecta las islas de Tenerife y La Gomera permitirán la plena integración de ambos sistemas eléctricos en un único sistema Tenerife-La Gomera.
Por lo tanto, mediante esta orden se revisa la definición de los sistemas eléctricos aislados de los territorios no peninsulares según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio.
En su virtud, resuelvo:
Primero. Redefinición de los sistemas eléctricos aislados del territorio no peninsular de Canarias.
Revisar la definición de los sistemas eléctricos aislados del territorio no peninsular de Canarias, de conformidad con el apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. De esta manera, los sistemas eléctricos aislados de los cuatro territorios no peninsulares son los siguientes: