Conflicto entre órganos constitucionales n.º 2828-2026, en relación al Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de marzo de 2026, rechazando el requerimiento formulado por el Senado, de conformidad con lo previsto en el artículo 73.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, en relación con la no celebración de la comparecencia del Presidente del Gobierno, el 29 de enero de 2026 ante el Pleno del Senado, para dar cuenta de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) en la línea de alta velocidad, el 18 de enero de 2026, y en las líneas R1 y R4 de Rodalies (Catalunya), el 20 de enero de 2026.
Tribunal Constitucional · 1 de junio de 2026
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un conflicto entre órganos constitucionales presentado por el Senado contra el Gobierno. El Senado pidió que el Presidente del Gobierno compareciera ante su Pleno para informar sobre varios accidentes ferroviarios, y el Gobierno rechazó ese requerimiento.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional revisará si el rechazo del Gobierno al requerimiento del Senado respeta el reparto de competencias entre ambos órganos. Hasta que se resuelva, no cambia la obligación de comparecer.
- A quién afecta
- Senado · Gobierno de la nación · Presidente del Gobierno
- Cifras
- conflicto entre órganos constitucionales número 2828-2026
- acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de marzo de 2026
- providencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 26 de mayo de 2026
- comparecencia prevista el 29 de enero de 2026
- accidentes ferroviarios del 18 y 20 de enero de 2026
- Justicia
- Administración pública e instituciones
- Transporte e infraestructuras
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de mayo de 2026 actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto entre órganos constitucionales número 2828-2026, promovido por el Senado frente al Gobierno de la nación, en relación al Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de marzo de 2026, rechazando el requerimiento formulado por el Senado, de conformidad con lo previsto en el artículo 73.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, en relación con la no celebración de la comparecencia del Presidente del Gobierno, el 29 de enero de 2026 ante el Pleno del Senado, para dar cuenta de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) en la línea de alta velocidad, el 18 de enero de 2026, y en las líneas R1 y R4 de Rodalies (Catalunya), el 20 de enero de 2026.
Madrid, 26 de mayo de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.