Real Decreto 398/2026, de 20 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · 21 de mayo de 2026
En pocas palabras
Modifica el Real Decreto 367/1997 para que la Zona de la Guardia Civil de Illes Balears pase a estar mandada por un Oficial General. El resto de zonas se reparte entre las mandadas por Oficial General y las mandadas por Coronel.
Qué cambia
La jefatura de la Zona de la Guardia Civil de Illes Balears la ejerce un Oficial General en servicio activo, lo que refuerza las capacidades de mando en el archipiélago.
- A quién afecta
- Guardia Civil · Zona de la Guardia Civil de Illes Balears · Oficiales Generales de la Guardia Civil · Coroneles de la Guardia Civil
- Cifras
- 5 puertos de interés general del Estado en Illes Balears
- 3 puertos incluidos en el espacio Schengen
- 3 aeropuertos internacionales
- Seguridad y emergencias
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La experiencia acumulada desde la aprobación del Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil, así como la evolución de las necesidades operativas, de coordinación institucional y de dirección en determinadas Comunidades Autónomas, aconsejan introducir ajustes en el nivel de mando asignado a alguna Zona de la Guardia Civil, con el fin de adecuarlo a las circunstancias actuales.
En particular, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears presenta una serie de características territoriales, demográficas y operativas que determinan un contexto de especial complejidad para el ejercicio de las funciones encomendadas a la Guardia Civil. Entre ellas, cabe destacar la intensidad y diversidad de los servicios que se desarrollan en el archipiélago, el incremento sostenido de la incidencia de la migración irregular, así como la presencia de fenómenos de delincuencia organizada de especial gravedad.
A estos factores se suma la elevada presión derivada del movimiento de personas, que supera ampliamente la población de derecho, así como el ejercicio de competencias relevantes en materia de resguardo fiscal y de custodia de puertos y aeropuertos. En este sentido, la Guardia Civil desarrolla dichas funciones en cinco puertos de interés general del Estado, tres puertos incluidos en el espacio Schengen y tres aeropuertos internacionales, circunstancias que inciden directamente en la intensidad de la actividad operativa y en las necesidades de coordinación institucional.
Asimismo, la singular posición de las Illes Balears como destino de turismo internacional refuerza la exigencia de una adecuada capacidad de dirección, planificación y respuesta ante las demandas de seguridad pública, así como de una interlocución institucional eficaz tanto con las restantes representaciones de la Administración General del Estado, como de las administraciones autonómicas y locales.
Todo ello pone de manifiesto la necesidad objetiva de reforzar las capacidades de mando en la Zona de la Guardia Civil de las Illes Balears, mediante la elevación de su nivel orgánico, de modo que su jefatura sea ejercida por un Oficial General, en línea con lo previsto para otras Zonas que presentan características funcionales equiparables.
Esta modificación se limita, por tanto, a adaptar la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil a la realidad actual, en ejercicio de la potestad reglamentaria que corresponde al Gobierno según el artículo 97 de la Constitución Española.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación en cuanto a su necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.