Orden ECM/452/2026, de 7 de mayo, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección «V Centenario de Álvaro de Bazán».
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa · 12 de mayo de 2026
En pocas palabras
La orden dispone la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección en euros con motivo del V Centenario del nacimiento de Álvaro de Bazán. Fija las características de las piezas, el número máximo, la fecha inicial de emisión y los precios de venta al público.
Qué cambia
Permite a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre acuñar y vender estas monedas de colección, que no están destinadas a la circulación. Afecta a coleccionistas y compradores de monedas conmemorativas.
- A quién afecta
- coleccionistas de monedas · compradores de monedas conmemorativas · Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda
- Cifras
- V Centenario del nacimiento de Álvaro de Bazán: año 2026
- Álvaro de Bazán y Guzmán: 1526-1588
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en su artículo 102, modificó el artículo 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, dando una nueva terminología en relación con las monedas conmemorativas y de colección, de conformidad con la nomenclatura utilizada en la normativa europea.
En la nueva redacción del citado artículo 81 se establece, entre otras cuestiones, que, a partir de enero de 2004, se denominarán monedas de colección en euros las monedas en euros no destinadas a la circulación, acuñadas normalmente en metales preciosos, con un valor nominal y diseño diferente a las destinadas a la circulación. Estas monedas deberán diferir perceptiblemente de las circuladas en, al menos, dos de las tres características siguientes: color, peso y diámetro.
En la misma disposición, se autoriza con carácter general a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda a acuñar y comercializar monedas de colección de todo tipo. La acuñación y venta de estas monedas serán acordadas por orden del Ministerio de Economía que, de conformidad con las disposiciones europeas, fijará las características propias de las monedas, sus valores faciales y las fechas iniciales de emisión y, en su caso, los precios de venta al público.
El artículo 5 del Reglamento (UE) número 651/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la emisión de monedas en euros, regula la emisión de monedas de colección.
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, suprimiendo, en su disposición final primera, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
El artículo 15.A) 1.º del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, determina la estructura orgánica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, y configura como órgano directivo la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, de la cual depende la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
El artículo 4.1.o) del Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, establece que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 66 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el ámbito de sus competencias, correspondiéndole, en particular, la gestión de acuñación de moneda y la representación en el Subcomité Europeo de Moneda («Eurocoin Subcommittee») y en los grupos de trabajo que dependan del mismo.
En el año 2026 se cumple el quinto centenario del nacimiento en Granada de don Álvaro de Bazán y Guzmán (1526-1588), primer marqués de Santa Cruz, una de las figuras más destacadas de la historia naval española por su decisiva participación en la batalla de Lepanto y su contribución a la consolidación de la supremacía marítima de la Monarquía Hispánica en el siglo XVI. La conmemoración de esta efeméride, integrada en diversos programas institucionales y actos oficiales promovidos por la Armada Española y otras entidades públicas, representa una ocasión idónea para reconocer y difundir su legado histórico, militar y cultural.