Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 12 de diciembre de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2024, de 11 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · 20 de enero de 2025
En pocas palabras
Publica un acuerdo entre el Estado y Canarias que da por resueltas las diferencias sobre varios artículos del Decreto-ley canario 2/2024, de vivienda protegida en La Palma tras el volcán. El acuerdo se basa en que ese decreto-ley ya fue derogado por la Ley 4/2024, de 26 de julio.
Qué cambia
Cierra la discrepancia sobre el decreto-ley derogado; las cuestiones sobre la Ley 4/2024 que lo sustituye se tratarán en otro procedimiento.
- A quién afecta
- Administración General del Estado · Gobierno de Canarias · Personas afectadas por la erupción volcánica de Cumbre Vieja en La Palma
- Cifras
- Decreto-ley 2/2024, de 11 de marzo
- Ley 4/2024, de 26 de julio
- Acuerdo de 12 de diciembre de 2024
- Resolución publicada el 20 de enero de 2025
- Vivienda y urbanismo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 19 de diciembre de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2024, de 11 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias ha adoptado el siguiente Acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 2, 3, 8, 9, 10, la disposición adicional primera y la disposición final primera del Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2024, de 11 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja, ambas partes consideran extinguidas las discrepancias, en cuanto se refiere al Decreto-ley 2/2024, en la medida en que el Decreto-ley 2/2024, de 11 de marzo, ha quedado derogado por la Ley 4/2024, de 26 de julio, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja, en su disposición derogatoria única, apartado 2.
II. Lo expuesto es sin perjuicio de lo que las partes traten en el marco del procedimiento en curso sobre la Ley 4/2024, de 26 de julio, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Boletín Oficial de Canarias.
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez | El Vicepresidente del Gobierno de Canarias, Manuel Domínguez González