Orden CLT/423/2025, de 30 de abril, por la que se amplían los plazos de los procedimientos tramitados por el Ministerio de Cultura, como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025.
Ministerio de Cultura · 1 de mayo de 2025
En pocas palabras
Amplía hasta las 0:00 horas del 6 de mayo de 2025 los plazos de los trámites y procedimientos del Ministerio de Cultura y sus organismos dependientes que se hayan visto afectados por el corte general de electricidad del 28 de abril de 2025.
Qué cambia
Las personas y entidades con trámites abiertos en el Ministerio de Cultura o sus organismos dependientes afectados por el apagón disponen de más tiempo para presentar documentos o cumplir obligaciones, y se evita que esos procedimientos caduquen.
- A quién afecta
- personas interesadas en procedimientos del Ministerio de Cultura · solicitantes de trámites culturales · organismos públicos dependientes del Ministerio de Cultura · entidades y empresas que tramitan con el Ministerio de Cultura
- Cifras
- ampliación de plazos hasta las 0:00 horas del 6 de mayo de 2025
- interrupción del suministro eléctrico el 28 de abril de 2025
- acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2025
- Cultura y deporte
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico en todo el territorio peninsular acaecida el 28 de abril de 2025, que ha afectado al normal funcionamiento de infraestructuras y comunicaciones, mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2025, se acordó determinar que la ampliación de los términos y plazos administrativos podría extenderse, en los casos en que se hayan visto afectados por la interrupción generalizada del suministro eléctrico producida el 28 de abril de 2025, hasta las 0:00 horas del día 6 de mayo de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta ampliación, que resulta de aplicación a todo el sector público, se justifica en la necesidad de garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones por parte de las personas interesadas, así como evitar la caducidad indebida de procedimientos administrativos por las razones expuestas.
El Ministerio de Cultura, así como sus organismos públicos dependientes o vinculados, se han visto afectados por la referida interrupción en sus sistemas y servicios utilizados para la tramitación de los procedimientos, lo que ha podido afectar gravemente al ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los interesados.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, acuerdo:
Primero.
Ampliar los plazos para el cumplimiento de aquellos trámites y procedimientos que se hayan visto afectados por la interrupción generalizada del suministro eléctrico producida el 28 de abril de 2025, hasta las 0:00 horas del 6 de mayo de 2025.
Segundo.
La presente orden será de aplicación al Ministerio de Cultura y a sus organismos públicos dependientes o vinculados.
Madrid, 30 de abril de 2025.–El Ministro de Cultura, Ernest Urtasun Domènech.