Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en la Oficina Central del Registro Civil, para el funcionamiento de la misma conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · 30 de abril de 2025
En pocas palabras
Acuerda que la aplicación informática Dicireg empiece a funcionar en la Oficina Central del Registro Civil el 19 de mayo de 2025. Desde esa fecha, el personal de esa oficina debe usar Dicireg para gestionar y tramitar los asientos del Registro Civil. Además, el Registro Civil Central pasa a llamarse Oficina Central del Registro Civil.
Qué cambia
El personal de la Oficina Central del Registro Civil cambia su forma de trabajo y pasa a usar la aplicación Dicireg para todas sus gestiones. El organismo cambia de nombre a Oficina Central del Registro Civil.
- A quién afecta
- personal de la Oficina Central del Registro Civil · encargados del Registro Civil · personas que realizan trámites en la Oficina Central del Registro Civil
- Cifras
- entrada en servicio de Dicireg en la Oficina Central: 00:00 horas del 19 de mayo de 2025
- Administración pública e instituciones
- Justicia
- Digitalización y telecomunicaciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil ha previsto un nuevo modelo de Registro Civil que se caracteriza, principalmente, por ser público, gratuito, único para toda España y que se configura como electrónico e interoperable.
La satisfactoria puesta en marcha de esta ley implica la ejecución coordinada de numerosas actuaciones en los ámbitos normativo, organizativo y tecnológico, así como la colaboración con múltiples organismos, administraciones locales y administraciones autonómicas, preservando la eficiencia en la actuación mediante una implantación progresiva que la haga viable.
La reforma operada por la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, tiene en su finalidad principal este objetivo de implantación progresiva mediante una estrategia posibilista, de tal forma que el juego de las disposiciones transitorias cuarta, octava, décima y décima bis, más la adicional segunda, permita la implantación progresiva aludida, con tres escenarios:
– Disposición transitoria cuarta. No se ha iniciado la transformación, sigue el mismo régimen actual.
– Disposición transitoria octava, décima y décima bis. Se implanta la aplicación informática Dicireg, comenzando las oficinas a aplicar la Ley 20/2011, de 21 de julio.
– Disposición adicional segunda y transitorias cuarta, octava y décima. Se aprueban las relaciones de puestos de trabajo, quedando completada la creación de una nueva Oficina del Registro Civil.
En tal sentido, la disposición transitoria cuarta según ha quedado redactada, establece que hasta que el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes apruebe, mediante resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, la entrada en servicio efectiva de las aplicaciones informáticas que permitan el funcionamiento del Registro Civil de forma íntegramente electrónica conforme a las previsiones contenidas en esta ley, el servicio de Registro Civil seguirá prestándose según se venía haciendo hasta la fecha. Y esta condición se replica en las demás disposiciones transitorias mencionadas, para dar comienzo a las medidas que pongan en marcha el nuevo modelo. Y en las disposiciones transitorias séptima y décima bis, respecto a las Oficinas Consulares y a la Oficina Central.
En virtud de esta disposición transitoria cuarta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, mediante resoluciones de esta Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, se está llevando a cabo el despliegue progresivo del nuevo modelo del Registro Civil, en las diferentes Oficinas del Registro Civil, despliegue que comenzó en septiembre de 2021 con la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en la primera oficina, dando comienzo así a la implantación progresiva del nuevo modelo en las diferentes oficinas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio.