Orden INT/392/2025, de 24 de abril, por la que se crea el distintivo honorífico de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad por la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) 2024.
Ministerio del Interior · 25 de abril de 2025
En pocas palabras
Crea un distintivo honorífico para reconocer al personal que participó en los dispositivos de emergencia y seguridad durante la DANA de octubre de 2024. Regula quiénes pueden recibirlo, cómo se concede, sus características y dónde se coloca.
Qué cambia
Permite a los intervinientes en la DANA 2024 obtener un reconocimiento oficial. Establece el procedimiento de concesión y las condiciones para acreditar la participación.
- A quién afecta
- miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado · miembros de policías autonómicas y locales · personal de servicios de protección civil y emergencias · personal de servicios de seguridad privada · unidades intervinientes en la DANA 2024
- Cifras
- fecha de la DANA: 29 de octubre de 2024
- Seguridad y emergencias
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El día 29 de octubre de 2024, tuvo lugar una Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), cuyas dañosas consecuencias afectaron gravemente a varios puntos de la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía.
La intervención y despliegue de todos los servicios de emergencias involucrados en la gestión de los efectos de la DANA, ha constituido una actuación sin precedentes hasta la fecha, compleja y extensa, que puso de manifiesto las capacidades y profesionalidad de todos los intervinientes. En el marco de estas actuaciones, tanto los servicios de protección civil y emergencias como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ya fueran dependientes del Estado, como de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales, así como los servicios de seguridad privada en su condición de colaboradores en la protección frente a emergencias volcaron todo su esfuerzo desde el primer momento, con un gran espíritu de entrega y una dedicación absoluta, en aras de restablecer y asegurar la integridad física de las personas, la seguridad ciudadana y los servicios públicos, y la ejecución de labores asistenciales, en el contexto de una respuesta coordinada de dimensiones inéditas en nuestro país ante una situación de emergencia.
Por ello, se considera oportuno crear un distintivo acreditativo de la participación en los dispositivos de la DANA, al objeto de distinguir a aquel personal, en particular a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de los servicios de seguridad privada, así como de las distintas unidades intervinientes que, bajo la dirección del órgano de coordinación en materia de protección civil y emergencias, realizaron servicios que los hacen acreedores al mismo, en virtud de su dedicación, desempeño o participación directa y relevante en las actividades y dispositivos que tuvieron lugar y que fueron decisivas para el auxilio a víctimas, reconstrucción de la zona y la restauración y mantenimiento de la seguridad ciudadana.
Esta orden cumple los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El principio de eficacia se justifica por su fin de interés general, que no es otro que reconocer la dedicación y desempeño de las personas que han tenido una participación en la gestión multidisciplinar de la DANA, ajustándose además al principio de necesidad porque no existe un reconocimiento previo similar para este tipo de méritos, que se considera adecuado recompensar. También es una medida eficaz y proporcional, ya que su concesión es sencilla y deben quedar acreditados los méritos que justifican el cumplimiento de los requisitos para su concesión. Igualmente, los principios de seguridad jurídica y transparencia quedan garantizados con la aprobación de esta norma.
En su virtud, dispongo: