Orden CNU/367/2025, de 7 de abril, por la que se amplía el presupuesto fijado para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, convocadas por Orden CNU/1418/2024, de 9 de diciembre.
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades · 16 de abril de 2025
En pocas palabras
Amplía en 16.975.383,48 euros el presupuesto de la convocatoria de ayudas del proyecto europeo de salud Med4Cure, convocada por la Orden CNU/1418/2024. El dinero procede del remanente de otra convocatoria de proyectos de I+D Multi-país del CDTI.
Qué cambia
Las empresas participantes en Med4Cure podrán recibir ayudas con cargo a un presupuesto mayor, al destinarse a esta convocatoria el dinero no usado en la de proyectos Multi-país.
- A quién afecta
- empresas participantes directas en Med4Cure · empresas participantes asociadas en Med4Cure · Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI)
- Cifras
- ampliación del presupuesto de Med4Cure: 16.975.383,48 euros
- presupuesto inicial de la convocatoria Med4Cure: 110.000.000 euros
- ayudas concedidas en la convocatoria Multi-país: 23.024.616,52 euros
- remanente de la convocatoria Multi-país: 16.975.383,48 euros
- transferencia al CDTI para el PERTE de Salud: 150.000.000 euros
- Ciencia e innovación
- Sanidad y salud pública
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Primero.
Con fecha de 14 de diciembre de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 301, la Orden CNU/1418/2024, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure) y se procede a la convocatoria de las ayudas, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Orden de Bases).
Segundo.
La convocatoria tiene por finalidad la concesión de ayudas a las entidades españolas reconocidas en la Decisión C(2024) 3629 final, de 28 de mayo, de la Comisión Europea, como participantes directos e indirectos en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure) para la realización de proyectos indicados en la misma.
Estos proyectos se enmarcan en la inversión 6 salud del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, forman parte del proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la Salud y Vanguardia (PERTE Salud), y contribuirán al cumplimiento del objetivo 460 de la Decisión de Ejecución del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) (CID por sus siglas en inglés Council Implementing Decision), de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la Evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España.
Tercero.
Que en el capítulo III de la Orden de Bases, que regula la convocatoria de ayudas para el IPCEI Med4Cure, el artículo 31 relativo a la financiación establece que:
«1. El presupuesto de esta convocatoria es de 110 millones de euros, y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 28.50.46QF.74950 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023.
2. Esta partida presupuestaria recoge las actuaciones e inversiones contempladas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
3. Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe la concesión de ayuda que totalice el importe asignado a la convocatoria.»