Resolución de 4 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de abril de 2025, por el que se modifica el Acuerdo de 15 de junio de 2021, por el que se establece el funcionamiento del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID-19, F.C.P.J.
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa · 12 de abril de 2025
En pocas palabras
Modifica el funcionamiento del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID-19. Cambia la composición del Comité Técnico de Inversiones, que pasa a tener 10 miembros, y concentra el seguimiento de los instrumentos financieros en la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
Qué cambia
El Comité Técnico de Inversiones cambia de composición y de presidencias. El control y seguimiento del Fondo pasa a depender de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones en lugar de la Dirección General de Política Comercial.
- A quién afecta
- empresas medianas afectadas por la COVID-19 que solicitan apoyo del Fondo · Comité Técnico de Inversiones del Fondo · COFIDES, como gestora del Fondo · Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones · Dirección General de Política Comercial
- Cifras
- Comité Técnico de Inversiones: 10 miembros
- Economía, empresas y consumo
- Administración pública e instituciones
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Texto
El Consejo de Ministros, en su reunión de 1 de abril de 2025, a propuesta del Ministro de Economía, Comercio y Empresa, ha adoptado un Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de junio de 2021, por el que se establece el funcionamiento del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID-19, F.C.P.J.
Para general conocimiento, se procede a la publicación del referido acuerdo, como anexo de esta resolución.
Madrid, 4 de abril de 2025.–La Secretaria de Estado de Comercio, Amparo López Senovilla.
ANEXO
Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de junio de 2021, por el que se establece el funcionamiento del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID-19 F.C.P.J.
EXPOSICIÓN
El artículo 17 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, en adelante el «real decreto-ley», crea el «Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID-19, fondo carente de personalidad jurídica», en lo sucesivo el «Fondo», adscrito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Comercio. El real decreto-ley encomienda la gestión del Fondo a la Compañía Española de Financiación del Desarrollo, COFIDES, SA, S.M.E. en adelante la «Gestora» o «COFIDES» y crea, asimismo, el Comité Técnico de Inversiones del Fondo, en lo sucesivo el «Comité Técnico de Inversiones», órgano al que, entre otras funciones, se encomienda el control, y el seguimiento de las operaciones del Fondo, así como la aprobación para realizarlas.
Este Fondo tiene por objeto fortalecer y recuperar de una forma ágil y eficaz la solvencia de empresas de mediano tamaño de cualquier sector y con un importe neto de la cifra de negocios predeterminado a nivel consolidado y que, no teniendo problemas de viabilidad con anterioridad a la crisis del COVID-19 y siendo viables a medio y largo plazo, se están viendo afectadas por los efectos de la pandemia en sus balances y en sus mercados. Con el fortalecimiento de la solvencia se contribuirá, además, a asegurar los puestos de trabajo, mantener y potenciar el tejido productivo y fomentar la competitividad de la economía española.
No se trata, por tanto, de un instrumento de rescate de empresas que no eran viables antes del estallido de la crisis de la COVID-19, sino de una forma de apoyo público temporal en favor de la recuperación y crecimiento de aquellas empresas de mediana dimensión que, aun en el caso de atravesar dificultades financieras temporales, resultan viables por disponer de un plan de medio/largo plazo factible y un modelo de negocio viable.