Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 26 de febrero de 2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con el Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · 9 de abril de 2025
En pocas palabras
Publica un acuerdo entre el Estado y la Generalitat Valenciana que da por resueltas las discrepancias sobre varios artículos del Decreto-ley 7/2024 de simplificación administrativa de la Generalitat. Ambas partes consideran cerrada la controversia tras los cambios introducidos por la Ley 6/2024.
Qué cambia
Cierra el conflicto competencial sobre esos artículos y fija que una norma urbanística valenciana se interpretará conforme a la legislación estatal de suelo y régimen local.
- A quién afecta
- Generalitat Valenciana · Administración General del Estado · Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana · Personas y empresas afectadas por la simplificación administrativa valenciana
- Administración pública e instituciones
- Vivienda y urbanismo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 6 de marzo de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con el Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con los artículos 106 y 113 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat, ambas partes las consideran solventadas en razón de los siguientes compromisos y consideraciones:
1. En relación con el artículo 106, apartado 2 y el artículo 113, apartado 33, el Gobierno de la Generalitat asumió el compromiso de promover las correspondientes modificaciones legislativas. La Comunidad Autónoma ha procedido a la aprobación posterior de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de simplificación administrativa, publicada en el DOGV número 10.001, de 9 de diciembre de 2024. Por tanto, en la medida en que ambos preceptos han sido modificados, las partes entienden finalizadas ambas controversias en lo que se refiere a la redacción aprobada por el Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat.
2. En relación con el apartado 26 del artículo 113, en cuanto modifica el artículo 66 del Texto Refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, ambas partes coinciden en considerar que el precepto se interpretará y aplicará en el ejercicio de las potestades normativas y administrativas de la Generalitat Valenciana de conformidad con la normativa básica estatal y, especialmente, con las previsiones del Capítulo III del Título VII del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, así como con lo establecido en el Capítulo I del Título VI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.