Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que publica el Acuerdo de 10 de marzo de 2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación con la Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · 8 de abril de 2025
En pocas palabras
Publica un acuerdo entre el Estado y Aragón para abrir negociaciones sobre posibles discrepancias entre la Ley aragonesa 5/2024, que fomenta las comunidades energéticas y el autoconsumo industrial, y la normativa estatal. Se crea un grupo de trabajo para proponer una solución y se informa al Tribunal Constitucional.
Qué cambia
Abre un proceso de negociación entre el Estado y Aragón sobre varios artículos de la ley aragonesa de comunidades energéticas y autoconsumo industrial. Mientras se resuelve, la ley sigue en vigor.
- A quién afecta
- Comunidades energéticas · Empresas con autoconsumo industrial · Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón · Administración General del Estado
- Energía
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 19 de marzo de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con la Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón
La Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 4, 8, 11, 17, 20, 31, 35, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 51, 52, 58, 59, 60, 61, 62, 63, disposición adicional tercera y disposición adicional séptima de la Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón.
2.º Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–La Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Cultura, M.ª del Mar Vaquero Perianez.