Sentencia de 19 de marzo de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros).
Tribunal Supremo · 29 de marzo de 2025
En pocas palabras
El Tribunal Supremo estima el recurso de la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid y anula por completo el Real Decreto 366/2024. Ese real decreto ampliaba funciones y servicios traspasados al País Vasco en materia de enseñanza, en concreto sobre homologación y equivalencia de títulos de educación superior extranjeros.
Qué cambia
El País Vasco deja sin efecto el traspaso de esas funciones sobre homologación y equivalencia de títulos extranjeros. La Administración General del Estado y el Gobierno Vasco deben pagar las costas del recurso.
- A quién afecta
- personas con títulos de educación superior extranjeros que piden homologación o equivalencia · Comunidad Autónoma del País Vasco · Administración General del Estado · Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid
- Cifras
- recurso contencioso-administrativo número 470/2024
- sentencia de 19 de marzo de 2025
- publicación en el BOE de 29 de marzo de 2025
- Educación y universidades
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el recurso contencioso-administrativo número 470/2024, interpuesto por la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid contra el Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros), la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 19 de marzo de 2025 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
1.º Estimar el recurso contencioso-administrativo n.º 470/2024, interpuesto por la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid contra el Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros) y anularlo en su totalidad.
2.º Imponer a la Administración General del Estado y al Gobierno Vasco las costas de este recurso en los términos señalados en el último de los fundamentos jurídicos.
3.º Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a que se refieren los artículos 72.2 y 107.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente.–María del Pilar Teso Gamella.–Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo.–José Luis Requero Ibáñez.–Francisco José Sospedra Navas.–María Alicia Millán Herrandis.–Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.–Firmado.