Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, para la aprobación de la Estrategia para la conservación de pardelas en España.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · 21 de marzo de 2025
En pocas palabras
Aprueba la Estrategia para la conservación de pardelas en España, un plan marco para ocho especies de aves marinas presentes en aguas españolas. La estrategia incluye un diagnóstico de su situación y las acciones para su recuperación.
Qué cambia
Establece el marco orientativo para las medidas de conservación de las pardelas en el medio marino y en sus colonias de cría, con coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas.
- A quién afecta
- aves marinas pardelas · comunidades autónomas del litoral · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Conferencia Sectorial de Medio Ambiente
- Cifras
- ocho especies de pardelas con presencia regular en aguas españolas
- cuatro especies de pardelas incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas
- tres especies de pardelas en la categoría de vulnerable
- una especie de pardela en la categoría de en peligro de extinción
- plazo de un mes para interponer recurso de alzada
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Antecedentes de hecho
El artículo 6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece que, en materia de competencias sobre biodiversidad marina de las Administraciones Públicas, corresponde a la Administración General del Estado, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el ejercicio de las funciones a las que se refiere esta ley, con respecto a todas las especies, espacios, hábitats o áreas críticas situados en el medio marino, sin perjuicio de las competencias propias de las comunidades autónomas del litoral.
El artículo 56.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, listado que incluye aquellas especies, subespecies y poblaciones que sean merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza, o grado de amenaza, así como aquellas que figuren como protegidas en los anexos de las Directivas y los convenios internacionales ratificados por España.
Por su parte, el artículo 58.1 de dicha ley establece, en el seno de dicho Listado, el Catálogo Español de Especies Amenazadas que incluirá, cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje, los taxones o poblaciones de la biodiversidad amenazada, incluyéndolos en la categoría de «en peligro de extinción» o «vulnerable».
Existen ocho especies de pardelas con presencia regular en aguas españolas, todas ellas incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. Además, cuatro de ellas han sido incorporadas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas: la pardela cenicienta mediterránea (Calonectris diomedea), la pardela chica macaronésica (Puffinus baroli) y la pardela pichoneta canaria (Puffinus puffinus ssp. canariensis) en la categoría de «vulnerable», y la pardela balear (Puffinus mauretanicus) en la de «en peligro de extinción».
A su vez, el artículo 11.3 del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, establece que en el caso de especies amenazadas que compartan similares distribuciones geográficas, hábitat, requerimientos ecológicos o problemáticas de conservación, podrán elaborarse estrategias multiespecíficas. Estas condiciones se cumplen en el caso de las pardelas, con distribuciones que abarcan la totalidad de las aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción española, y similares factores de amenaza tanto en el medio marino como en sus colonias de cría, en el caso de las especies con poblaciones reproductoras en España.
Fundamentos de Derecho
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, las estrategias de conservación de especies amenazadas y de lucha contra amenazas para la biodiversidad constituirán el marco orientativo de los Planes de Recuperación y Conservación, e incluirán, al menos, un diagnóstico de la situación y de las principales amenazas para dichas especies, y las acciones a emprender para su recuperación.