Recurso de inconstitucionalidad n.º 1014-2025, contra la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, de derogación de la Ley de Cantabria 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
Tribunal Constitucional · 7 de marzo de 2025
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso del presidente del Gobierno contra la ley de Cantabria que derogó la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. Al invocarse el artículo 161.2 de la Constitución, queda suspendida la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados.
Qué cambia
La ley autonómica que derogó la norma de memoria histórica no se aplica mientras el Tribunal resuelva el recurso: afecta a las partes del proceso desde el 12 de febrero de 2025 y a terceros desde la publicación del edicto en el BOE.
- A quién afecta
- Gobierno de España · Gobierno de Cantabria · entidades y asociaciones de memoria histórica de Cantabria · ciudadanía de Cantabria
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad número 1014-2025
- fecha de interposición del recurso: 12 de febrero de 2025
- providencia de admisión: 26 de febrero de 2025
- publicación en el BOE: 7 de marzo de 2025
- Derechos y libertades
- Justicia
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de febrero de 2025, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1014-2025, promovido por el presidente del Gobierno, contra la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, de Derogación de la Ley de Cantabria 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –12 de febrero de 2025–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado», para los terceros.
Madrid, 26 de febrero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.