Ley 4/2024, de 20 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, para establecer una deducción por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Comunidad de Madrid · 20 de febrero de 2025
En pocas palabras
Modifica las normas de la Comunidad de Madrid sobre tributos cedidos por el Estado para crear una deducción en el IRPF para nuevos residentes que vengan del extranjero y realicen determinadas inversiones en valores. También ajusta la deducción por compra de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos.
Qué cambia
Los contribuyentes no residentes que trasladen su residencia a la Comunidad de Madrid podrán aplicar una deducción por inversiones en valores. Se fija un procedimiento de regularización si no se cumplen los requisitos de la deducción por vivienda habitual por nacimiento o adopción.
- A quién afecta
- contribuyentes no residentes que trasladen su residencia a la Comunidad de Madrid · inversores en valores · familias con hijos por nacimiento o adopción que compren vivienda habitual · contribuyentes del IRPF en la Comunidad de Madrid
- Cifras
- dos de cada tres euros de inversión exterior en España van a proyectos de la Comunidad de Madrid
- crecimiento medio anual de la inversión del 9,7 % en la última década
- media de España: crecimiento anual del 8 %
- Impuestos y cuentas públicas
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, lleva aplicando desde hace dos décadas una política fiscal y tributaria que rebaja la presión fiscal sobre los contribuyentes.
Se ha demostrado que esta política fiscal genera mayor desarrollo, prosperidad y riqueza, tal y como se observa en las cifras de crecimiento, atracción de inversiones y renta per cápita de la Comunidad de Madrid. Un objetivo que se ha mostrado compatible con el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y con el mantenimiento de unos servicios públicos de gran calidad.
Contar con una fiscalidad moderada, justa e incentivadora de la actividad económica en un contexto de estabilidad institucional y libertad económica explica, en gran medida, la fortaleza de la Comunidad de Madrid en el conjunto de la economía española.
Actualmente, dos de cada tres euros que llegan a España como inversión desde el exterior lo hacen a proyectos que se desarrollan en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En la última década se ha doblado el flujo de inversiones, con un crecimiento medio anual del 9,7 por ciento, casi dos puntos porcentuales por encima de la media de España, que creció a un 8 por ciento anual.
En un contexto de fuerte competitividad internacional, es importante mantener una posición protagonista en la captación de estos flujos monetarios y generar incentivos para seguir canalizando inversiones que impacten positivamente en la Comunidad de Madrid.
Con esta finalidad, se introduce una nueva deducción dirigida a los contribuyentes no residentes que decidan establecer su residencia en la Comunidad de Madrid por las inversiones que realicen en valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, negociados o no, en mercados organizados o en valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, negociados o no, en mercados organizados.
Gracias a esta medida, se incentivará la llegada de nuevos inversores, favoreciendo la generación de empleo, la creación de nuevas empresas y el crecimiento de las que ya operan, reforzando así a la Comunidad de Madrid como centro de atracción de inversiones, empresas y talento.
Por último, se establece una modificación en la deducción por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos, para recoger adecuadamente el procedimiento de regularización en caso de incumplimiento de los requisitos establecidos para la aplicación de la deducción.