Orden HAC/1418/2025, de 4 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 017, «Tasa de supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal. Autoliquidación» y se determinan el lugar, plazo y forma de presentación.
Ministerio de Hacienda · 10 de diciembre de 2025
En pocas palabras
Aprueba el modelo 017 para que los contribuyentes declaren y paguen por vía electrónica la tasa que financia a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. Fija el lugar, el plazo y la forma de presentación de ese modelo y deroga la orden anterior de 2014.
Qué cambia
Los obligados a pagar esta tasa presentarán siempre el modelo 017 por medios electrónicos, en lugar de la presentación prevista en la orden anterior, que queda derogada.
- A quién afecta
- contribuyentes de la tasa de supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal · Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal
- Impuestos y cuentas públicas
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, crea el citado organismo, que velará por el estricto cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera mediante la evaluación continua del ciclo presupuestario, del endeudamiento público y el análisis de las previsiones económicas.
La disposición adicional segunda de la referida Ley Orgánica crea la tasa de supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal y regula sus principales elementos. La citada tasa será la principal fuente de financiación de la Autoridad, favoreciéndose de este modo su independencia.
La letra h) de la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, establece que la gestión de la tasa corresponde a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. Los contribuyentes de la tasa declararán, liquidarán e ingresarán la tasa que les corresponda en el modelo, lugar y plazos que establezca el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, pudiendo establecerse también la presentación y pago de la tasa por medios telemáticos.
Con fecha 14 de julio de 2014 se dictó la Orden HAP/1286/2014, de 14 de julio, por la que se aprueba el modelo 017, «Tasa de supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal. Autoliquidación» y se determinan el lugar, plazo y forma de presentación.
La aplicación de la Orden HAP/1286/2014, de 14 de julio, ha puesto de manifiesto algunos problemas de gestión de la tasa de supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal, especialmente en lo que se refiere a la forma de presentación, plazo y pago del modelo. Ello hace necesario la aprobación de una nueva orden que solucione los problemas detectados y apueste por un funcionamiento íntegramente electrónico. En particular, en cuanto a la forma de presentación del modelo 017, debe preverse que esta será en todo caso electrónica, en cumplimiento del artículo 3.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que prevé que las Administraciones Públicas se relacionarán entre sí a través de medios electrónicos. Asimismo, debe tenerse en cuenta lo previsto, en este mismo sentido, en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia puesto que, detectados los problemas de gestión de la tasa, la nueva regulación los soluciona logrando así el objetivo de facilitar un mejor cumplimiento de las obligaciones de pago.