Resolución de 24 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se atribuye el número 047 al servicio de línea de atención ciudadana en materia de vivienda.
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · 5 de diciembre de 2025
En pocas palabras
Atribuye el número corto 047 al servicio telefónico «Línea de atención ciudadana en materia de vivienda». El servicio es gratuito, accesible desde todo el Estado y lo presta la Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana. Ofrece información sobre ayudas a la vivienda, rehabilitación, acceso y alquiler.
Qué cambia
Los ciudadanos podrán llamar gratis al 047 desde cualquier punto de España para informarse sobre vivienda, sin registro previo. Las operadoras deberán habilitar el número en sus redes.
- A quién afecta
- ciudadanos que buscan información sobre vivienda · personas con discapacidad auditiva o del habla · operadores de telefonía · Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana
- Cifras
- número corto atribuido: 047
- número de cifras del número corto: tres
- Vivienda y urbanismo
- Digitalización y telecomunicaciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El acceso a una vivienda digna constituye uno de los pilares del bienestar social y un derecho reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española.
Para fortalecer el cumplimiento efectivo de este derecho constitucional, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha venido poniendo en marcha diversas actuaciones de información y asistencia ciudadana en materia de vivienda, a través de oficinas presenciales, portales web y servicios autonómicos. Resulta necesario establecer un punto de contacto oficial para unificar el acceso a la información, mejorar la protección de los derechos ciudadanos en materia de vivienda, y mejorar la coordinación institucional entre las administraciones competentes en este ámbito. Además, la puesta a disposición de un canal unificado como servicio de atención telefónica, se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.
Por ello, con el fin de habilitar un canal de atención telefónica, la Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, ha solicitado a esta Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, mediante escrito de 16 de octubre de 2025, la atribución de un número corto de tres cifras para el servicio de línea de atención ciudadana en materia de vivienda.
A través de este servicio de atención telefónica de alcance nacional, gratuito y accesible será posible ofrecer información, orientación y acompañamiento en cuestiones relacionadas con el acceso, la rehabilitación, el alquiler y los programas de ayuda a la vivienda, así como el registro y seguimiento de las consultas realizadas, y una mejor coordinación institucional entre las Administraciones competentes en materia de vivienda.
El Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, aprobado por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, establece en su artículo 30.1 que los operadores estarán obligados a poner en práctica las medidas necesarias para dar cumplimiento a las decisiones que adopte el ahora Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, en el ámbito de sus competencias sobre numeración, direccionamiento y denominación. En particular, los operadores estarán obligados a realizar en los sistemas que exploten las modificaciones necesarias para tratar y encaminar las comunicaciones de forma eficiente cuando se adopten decisiones que impliquen alteraciones en los planes de numeración, direccionamiento o denominación, y cuando se realicen asignaciones, atribuciones o adjudicaciones de dichos recursos públicos.
Además, el artículo 31.1 de dicho reglamento dispone que las llamadas que se efectúen a los rangos de numeración telefónica nacional serán cursadas por los operadores en los términos que se especifiquen en el Plan nacional de numeración telefónica, o en sus disposiciones de desarrollo.