Orden HAC/1375/2025, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/1272/2025, de 4 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2025 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias.
Ministerio de Hacienda · 4 de diciembre de 2025
En pocas palabras
Modifica la orden de cierre del ejercicio presupuestario de 2025 para permitir tramitar los expedientes derivados del Real Decreto-ley 14/2025, que aprueba subidas retributivas del personal del sector público para 2025 y 2026. También amplía plazos y exceptúa ciertos expedientes y nóminas de los límites temporales de cierre.
Qué cambia
Permite que las subidas salariales del personal del sector público se tramiten y abonen dentro del año 2025, aunque los expedientes lleguen cerca del cierre del ejercicio. Afecta a la gestión presupuestaria de las administraciones y a las nóminas de sus empleados.
- A quién afecta
- personal al servicio del sector público · servicios gestores de gasto de la Administración General del Estado · Intervención General de la Administración del Estado · beneficiarios de fondos del PRTR
- Cifras
- incremento retributivo con efectos de 1 de enero de 2025
- incremento retributivo con efectos de 1 de enero de 2026
- envío a fiscalización previa de la aprobación del gasto: 15 de diciembre
- registro contable en las oficinas de contabilidad: antes del 26 de diciembre
- Administración pública e instituciones
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden HAC/1272/2025, de 4 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2025 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de noviembre de 2025, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación.
Con fecha 3 de diciembre de 2025 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre de 2025, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, que regula aquellos aspectos indispensables para aprobar con efectos de 1 de enero de 2025 el incremento retributivo del personal al servicio del sector público en 2025, incluyendo las disposiciones necesarias para que dicho incremento se pueda hacer efectivo en este año, y para aprobar con efectos de 1 de enero de 2026 el incremento retributivo del personal al servicio del sector público en 2026, de conformidad con el Acuerdo marco por la mejora del empleo público y el servicio a la ciudadanía, firmado el 27 de noviembre de 2025 por el Gobierno de España y las organizaciones sindicales UGT y CSIF.
Por la presente Orden se modifica la Orden HAC/1272/2025, de 4 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2025 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, con la finalidad de permitir la tramitación de los expedientes para dar cumplimiento al Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre de 2025, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, así como para permitir la mejor ejecución del PRTR.
Así, a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado y en uso de las facultades que me atribuyen los artículos 124 y 128 de la Ley General Presupuestaria, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden HAC/1272/2025, de 4 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2025 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias.
La Orden HAC/1272/2025, de 4 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2025 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, queda modificada como sigue:
Uno. La «disposición adicional única. Registro de documentos RC por los servicios gestores» pasa a denominarse «disposición adicional primera. Registro de documentos RC por los servicios gestores».
Dos. Primero. Se modifica la letra a) del apartado 2 del artículo 4 que queda redactado como sigue:
«a) Para el envío a fiscalización previa de la aprobación del gasto el día 15 de diciembre, debiendo entrar en las oficinas de contabilidad para su registro contable antes del día 26 de diciembre».