Resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 10 de octubre de 2025, por la que se publica para 2025 la cantidad disponible de días de pesca del mecanismo de optimización por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 26 de noviembre de 2025
En pocas palabras
Modifica la Resolución de 10 de octubre de 2025 y añade 7.125 días de pesca de costera a la bolsa del mecanismo de optimización para los buques de arrastre de fondo del Mediterráneo. Estos días proceden de 7.339 días adicionales asignados a España para 2025 por el mecanismo de compensación.
Qué cambia
Los buques de arrastre de fondo del Mediterráneo pueden disponer de más días de pesca en la bolsa de optimización para terminar el año. Los días pueden convertirse entre segmentos de eslora y entre pesquerías según los ratios establecidos.
- A quién afecta
- buques de arrastre de fondo del Mediterráneo · entidades de gestión conjunta de buques de arrastre · armadores de la flota de arrastre del Mediterráneo
- Cifras
- 7.339 días de pesca adicionales asignados a España para 2025
- 7.125 días de costera incluidos en la bolsa de optimización
- 73.391 días de pesca de asignación inicial de España en 2024
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Reglamento (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se establece un plan plurianual para las especies demersales en el Mediterráneo occidental y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 508/2014, fija el régimen de gestión del esfuerzo pesquero de los arrastreros en el Mediterráneo occidental. El propio Reglamento comunitario establece, en su artículo 9.2, la obligación de que cada Estado miembro decidirá un método de asignación del esfuerzo pesquero máximo admisible a buques o grupo de buques que enarbolen su pabellón.
El Reglamento (UE) 2025/219 del Consejo, de 30 de enero de 2025, por el que se fijan, para 2025, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y el mar Negro, establece en el anexo IV, el esfuerzo pesquero máximo admisible, expresado en días de pesca, asignado a España para su flota de arrastre en el Mediterráneo, estratificado por segmentos de eslora de los buques y clasificado en función de las pesquerías de especies demersales y de especie de profundidad, de aplicación desde el 1 de enero de 2025.
Por su parte, el artículo 8 del citado Reglamento (UE) n.º 2025/219, establece que un Estado miembro podrá conceder en 2025 a los buques que enarbolen su pabellón, una o varias asignaciones adicionales de días de pesca, calculadas de conformidad con los apartados 5 y 6, siempre que el buque que reciba una o varias asignaciones adicionales cumpla con las condiciones del llamado mecanismo de compensación, y hasta el límite máximo del nivel de esfuerzo pesquero fijado para el grupo de esfuerzo por el Reglamento (UE) 2024/259.
Por tanto, mediante la presente resolución, se asignan, para el año 2025, 7.339 días adicionales, que se corresponden con el cumplimiento de otras medidas recogidas en el mecanismo de compensación previsto en el artículo 8 del Reglamento (UE) n.º 2025/219, en concreto, las de las letras f) y k), para las que España todavía no había recibido asignación de días adicionales.
En la Resolución de 10 de octubre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2025 la cantidad disponible de días de pesca del mecanismo de optimización por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo, se establecieron las cantidades disponibles para el mecanismo de optimización, a 1 de octubre, para cada uno de los grupos de esfuerzo pesquero.
Se procede ahora a la asignación de días adicionales, correspondientes a medidas del mecanismo de compensación establecido en el artículo 8 del mencionado Reglamento (UE) 2025/219 del Consejo, de 30 de enero de 2025, hasta alcanzar el número total de días correspondientes al año 2024, de acuerdo con el apartado 5 de dicho artículo.
La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para los recursos pesqueros demersales en el Mediterráneo occidental, establece un modelo de gestión para la asignación de esfuerzo pesquero entre los buques de la flota española de arrastre de fondo del Mediterráneo. De acuerdo con el artículo 9, se establece un mecanismo de optimización basado en los días disponibles asignados a cada barco, o entidad de gestión conjunta. Este mismo artículo establece que la asignación de los días disponibles del mecanismo de optimización anual habrá de llevarse a cabo desagregadamente para cada segmento de eslora, e internamente en cada entidad de gestión conjunta o buque de gestión individual en función de la asignación relativa con la que cada uno de ellos participa en su segmento de eslora en el reparto inicial del 90% de los días según el artículo 5.3, apartados a) a c).