Acuerdo 45/2025, de 6 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara Ponferrada (León), bien de interés cultural con categoría de conjunto histórico.
Comunidad de Castilla y León · 22 de noviembre de 2025
En pocas palabras
Declara Ponferrada (León) Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico. Delimita la zona protegida, que incluye el casco antiguo, el Castillo, el Puente sobre el río Sil y varios edificios históricos.
Qué cambia
La zona delimitada queda protegida como conjunto histórico, lo que condiciona las obras y usos en ese ámbito según la normativa de patrimonio cultural.
- A quién afecta
- propietarios de inmuebles en el casco antiguo de Ponferrada · Ayuntamiento de Ponferrada · vecinos del conjunto histórico · empresas con locales en la zona delimitada
- Cifras
- plazo de información pública: un mes
- plazo para recurso de reposición: un mes
- plazo para recurso contencioso-administrativo: dos meses
- Cultura y deporte
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Conjunto Histórico de Ponferrada conserva parte de su tejido antiguo, especialmente en el recorrido que desde el Castillo se dirige hasta la plaza de la Encina, la calle del Reloj o la plaza del Ayuntamiento, hasta llegar a la antigua Iglesia de San Antonio. Además el conjunto conserva relevantes construcciones, como el Castillo, declarado Bien de Interés Cultural, y elementos de destacado valor arquitectónico o histórico, como el Puente sobre el río Sil, la Basílica de La Encina, el Convento de las Concepcionistas Franciscanas, la Iglesia de San Andrés, el Hospital de la Reina, la Iglesia de San Antonio del Campo, la Real Cárcel situada en la calle del Reloj, la Torre del Reloj, la Capilla de Nuestra Señora del Carmen, la Casa Consistorial, la Casa de los Escudos en la calle Gil y Carrasco, la Casa de los Macías situada en la calle Jardines, y las Cuadras, situadas en la calle Gil y Carrasco.
Se trata de una ciudad con un pasado histórico remarcable, especialmente desde el período medieval vinculado al Camino de Santiago y la época contemporánea con el auge de la industria del hierro y carbón de principios del siglo XX, manteniendo actualmente la huella de todos los valores históricos, artísticos y paisajísticos que la hacen merecedora de la declaración de Conjunto Histórico.
La entonces Dirección General de Patrimonio Artístico y Cultural, por Resolución de 23 de septiembre de 1976, acordó incoar procedimiento de declaración de conjunto histórico-artístico a favor del casco antiguo de Ponferrada (León).
Retomado el expediente para su resolución, y elaborada una propuesta adecuada a la realidad actual del bien, se procede a continuar la tramitación del expediente como Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico, bajo la denominación de Ponferrada (León), cumplimentando los trámites necesarios para su resolución.
La Universidad de León con fecha de 28 de julio de 2025 y IE Universidad de Segovia con fecha de 29 de agosto de 2025, emiten informe favorable a la declaración. Solicitado informe al Instituto de Estudios Bercianos con fecha 29 de mayo de 2025, y transcurridos tres meses sin que dicho informe haya sido emitido, se considera favorable de conformidad con el artículo 29 de la Ley 7/2024, de 20 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León y 42.2 del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.
Cumplidos los trámites preceptivos de información pública por el plazo de un mes (BOCYL núm. 180, de 18 de septiembre de 2025) y de audiencia a los interesados y Ayuntamiento afectado, no se presentan alegaciones dentro del plazo concedido al efecto.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 31.2 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, y en el artículo 46.3 del Decreto 37/2007, de 19 de abril, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar Ponferrada (León) como Bien de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.