Ley Foral 14/2025, de 7 de noviembre, de modificación de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.
Comunidad Foral de Navarra · 20 de noviembre de 2025
En pocas palabras
Modifica la Ley Foral 17/2020 para establecer una pausa de hasta doce meses en la tramitación de nuevos proyectos de plantas de biometano en Navarra. Durante ese periodo el Gobierno evaluará los proyectos existentes y el avance de la Agenda Navarra del Biogás 2030.
Qué cambia
Los promotores de nuevas plantas de biometano no podrán presentar proyectos y los expedientes en tramitación quedan suspendidos, salvo excepciones. Los proyectos ya autorizados o declarados de interés foral no se ven afectados.
- A quién afecta
- promotores de plantas de biometano · explotaciones agroganaderas · ayuntamientos donde se ubican las plantas · departamentos del Gobierno de Navarra competentes en la materia
- Cifras
- plazo máximo de la pausa: doce meses desde la entrada en vigor
- fin de la suspensión: antes del 30 de septiembre de 2026
- plazo para crear la comisión técnica: tres meses desde la entrada en vigor
- Energía
- Medio ambiente y clima
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de modificación de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.
PREÁMBULO
La integración de energías renovables en las explotaciones agroganaderas, así como las iniciativas de economía circular que permiten transformar los residuos generados en las explotaciones en energía o en fertilizantes orgánicos, se convierten en estrategias para dar respuesta a la emergencia climática, así como al momento de especial dificultad que atraviesa el sector primario en el conjunto de Europa.
En este contexto, adquiere especial relevancia el biometano, una fuente de energía renovable que se obtiene del proceso de tratamiento de los distintos residuos orgánicos biodegradables que se generan en las explotaciones agroganaderas para que puedan ser reutilizados en un ámbito cercano.
Tal es el interés que ha despertado esta fuente de energía que, actualmente, hay en Navarra numerosos proyectos de implantación de plantas de biometanización que se plantean en diferentes puntos de la geografía foral, de dimensiones variadas y con un grado de desarrollo muy diverso.
Unas iniciativas que deben ser compatibles con los principios de equilibrio territorial sostenible, el interés general de los municipios comprometidos con las instalaciones de infraestructuras de energías renovables y economía circular en su entorno, el bienestar y la calidad de vida de su ciudadanía. Y es que, dichas iniciativas deben garantizar la sostenibilidad en su triple vertiente ambiental, económica y social.
La administración debe velar para que cada una de estas plantas establezca rigurosos sistemas de control de la procedencia y trazabilidad de los residuos que reciba, el cumplimiento del plan de gestión en depósitos cubiertos, el uso de la fertilización o energía resultante en un entorno cercano, el cumplimiento de las distancias mínimas respecto de explotaciones agrarias o núcleos urbanos, el control de la movilidad de tráfico pesado y las mediciones periódicas de olfatometrías, entre otros requisitos exigibles.
El Gobierno de Navarra ha iniciado la tramitación del decreto foral regulador de la gestión de estiércoles y digestatos y los procesos asociados de acreditación y control, que una vez aprobado será una herramienta clave para garantizar una implantación equilibrada de este tipo de instalaciones en el territorio, además de favorecer que estas plantas se ajusten en un tamaño a las necesidades y capacidad de acogida real de los territorios.
Por ello se plantea una moratoria que permita contar en el menor tiempo posible con un instrumento de planificación público verdaderamente eficaz, previendo que la ley foral pierda vigencia con la aprobación definitiva del referido decreto foral.