Resolución de 14 de noviembre de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de noviembre de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa · 17 de noviembre de 2025
Texto
La Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2025 y el mes de enero de 2026 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2024. Dicho calendario se publicó por Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2025 y el mes de enero de 2026.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 20 de noviembre y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia de Obligaciones del Estado a siete años al 3,00 por 100, vencimiento 31 de enero de 2033, Obligaciones del Estado a diez años al 3,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2035 y Obligaciones del Estado a treinta años al 4,00 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2054.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/3/2025,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de noviembre de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de las Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, en la Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.
2. Características de las Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Obligaciones del Estado a siete años al 3,00 por 100, vencimiento 31 de enero de 2033, en las Órdenes ECM/538/2025 y ECM/544/2025 de 28 y 29 de mayo, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 3,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2035 y en las Órdenes ECM/91/2024 y ECM/97/2024 de 6 y 7 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a treinta años al 4,00 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2054.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de octubre de 2026 en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100 y en las Obligaciones a treinta años al 4,00 por 100. En las Obligaciones a siete años al 3,00 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de enero de 2026 por un importe de 0,953425 por 100, según se establece en la Resolución de 26 de septiembre de 2025.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las Obligaciones a siete años al 3,00 por 100 y en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 20 de noviembre de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025 y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 0,40 por 100 en las Obligaciones a siete años al 3,00 por 100, el 0,22 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100 y el 0,27 por 100 en Obligaciones a treinta años al 4,00 por 100.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 25 de noviembre de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquellas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.
Madrid, 14 de noviembre de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 7 años al 3,00 %, vto. 31 de enero de 2033
(Subasta del día 20 de noviembre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 99,50 | 3,080 99,55 | 3,072 99,60 | 3,064 99,65 | 3,056 99,70 | 3,048 99,75 | 3,040 99,80 | 3,033 99,85 | 3,025 99,90 | 3,017 99,95 | 3,009 100,00 | 3,001 100,05 | 2,993 100,10 | 2,985 100,15 | 2,978 100,20 | 2,970 100,25 | 2,962 100,30 | 2,954 100,35 | 2,946 100,40 | 2,939 100,45 | 2,931 100,50 | 2,923 100,55 | 2,915 100,60 | 2,907 100,65 | 2,900 100,70 | 2,892 100,75 | 2,884 100,80 | 2,876 100,85 | 2,868 100,90 | 2,861 100,95 | 2,853 101,00 | 2,845 101,05 | 2,837 101,10 | 2,830 101,15 | 2,822 101,20 | 2,814 101,25 | 2,807 101,30 | 2,799 101,35 | 2,791 101,40 | 2,783 101,45 | 2,776 101,50 | 2,768 101,55 | 2,760 101,60 | 2,753 101,65 | 2,745 101,70 | 2,737 101,75 | 2,729 101,80 | 2,722 101,85 | 2,714 101,90 | 2,706 101,95 | 2,699 102,00 | 2,691 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 10 años al 3,20 %, vto. 31 de octubre de 2035
(Subasta del día 20 de noviembre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,75 | 3,350 98,80 | 3,343 98,85 | 3,337 98,90 | 3,331 98,95 | 3,325 99,00 | 3,319 99,05 | 3,313 99,10 | 3,307 99,15 | 3,301 99,20 | 3,295 99,25 | 3,289 99,30 | 3,283 99,35 | 3,277 99,40 | 3,271 99,45 | 3,265 99,50 | 3,259 99,55 | 3,253 99,60 | 3,247 99,65 | 3,241 99,70 | 3,235 99,75 | 3,229 99,80 | 3,223 99,85 | 3,217 99,90 | 3,211 99,95 | 3,205 100,00 | 3,200 100,05 | 3,194 100,10 | 3,188 100,15 | 3,182 100,20 | 3,176 100,25 | 3,170 100,30 | 3,164 100,35 | 3,158 100,40 | 3,152 100,45 | 3,146 100,50 | 3,140 100,55 | 3,134 100,60 | 3,128 100,65 | 3,122 100,70 | 3,116 100,75 | 3,111 100,80 | 3,105 100,85 | 3,099 100,90 | 3,093 100,95 | 3,087 101,00 | 3,081 101,05 | 3,075 101,10 | 3,069 101,15 | 3,063 101,20 | 3,058 101,25 | 3,052 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 30 años al 4,00 %, vto. 31 de octubre de 2054
(Subasta del día 20 de noviembre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,00 | 4,119 98,05 | 4,116 98,10 | 4,113 98,15 | 4,110 98,20 | 4,107 98,25 | 4,104 98,30 | 4,101 98,35 | 4,098 98,40 | 4,095 98,45 | 4,092 98,50 | 4,089 98,55 | 4,086 98,60 | 4,083 98,65 | 4,080 98,70 | 4,077 98,75 | 4,074 98,80 | 4,071 98,85 | 4,068 98,90 | 4,065 98,95 | 4,062 99,00 | 4,059 99,05 | 4,056 99,10 | 4,053 99,15 | 4,050 99,20 | 4,047 99,25 | 4,044 99,30 | 4,041 99,35 | 4,038 99,40 | 4,035 99,45 | 4,032 99,50 | 4,029 99,55 | 4,026 99,60 | 4,023 99,65 | 4,020 99,70 | 4,017 99,75 | 4,014 99,80 | 4,011 99,85 | 4,008 99,90 | 4,005 99,95 | 4,002 100,00 | 4,000 100,05 | 3,997 100,10 | 3,994 100,15 | 3,991 100,20 | 3,988 100,25 | 3,985 100,30 | 3,982 100,35 | 3,979 100,40 | 3,976 100,45 | 3,973 100,50 | 3,970 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.